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3 Diplomado Niif Unac Nic 2 Casos Resueltos

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UNAC: UNAC: Dip lom ado d e NIIF NIIF SOLUCIONARIO CASO 1: (método del min ori sta) La empresa “MINORISTA SAC” tiene un inventario inicial de mercaderías de S/. 24,000 y ha realizado compras en el periodo por S/. 30,000, se ha realizado gastos de transporte por S/. 3,000 y otros otros gastos por S/. 2,400. La empresa empresa ha considerado considerado un valor de venta de sus productos en 60% del costo. En el periodo se ha vendido mercaderías por un total de S/. 72,000. Se pide determinar el costo de ventas considerando el método del minorista. Solución: Inventario Inicial Compras Gastos de transporte Otros gastos Costo total Ventas Valor de las Ventas = Costo + 60% Costo Costo = 160% Costo 72,000 = 1.6 x Costo Costo = 72,000 / 1.6 Costo Norma aplicable: - Párrafo 11 y 22 de la NIC 2 Inventarios. PCGE: ----------------- x ---------------------------6011 30,000 60911 3,000 60919 2,400 40111 6,372 4212 41,772 ----------------- x ---------------------------20111 35,400 6111 35,400 ----------------- x ---------------------------1212 84,960 70111 72,000 40111 12,960 ----------------- x ---------------------------69111 45,000 20111 45,000 ---------------- x ----------------------------- CASOS PRACTICOS DE LA NIC 2 – INVENTARIOS 24,000 30,000 3,000 2,400 35,400 72,000 45,000 UNAC: Dip lom ado d e NIIF Incidencia Tributaria: - Ninguna, los costos de adquisición son aceptables tributariamente, Numeral 1) del artículo 20 de la LIR CASO 2: (VNR)  Al final del ejercicio 2011, según inventario realizado, las mercaderías presentan el siguiente saldo: Mercaderías "A" S/. 150,000 Se sabe que el valor de realización de esas mercaderías es de S/. 152,000, estimándose unos gastos de comercialización de S/. 4,000 Se pide: ajuste, si procede, el valor de las existencias a final del ejercicio 2011. Solución: Valor neto realizable = S/. 152,000 – 4,000 = S/. 148,000  Al ser inferior el valor de las existencias finales al valor neto realizable de las mercaderías, éstas se deberán registrar por el menor, reduciendo su valor en el balance por la diferencia y reconociendo la correspondiente pérdida en la cuenta de pérdidas y ganancias:  Ajuste  S/. 150,000 - 148,000 = S/. 2,000 Inventario Final   S/. 148,000 Norma aplicable: - Párrafo 9 de la NIC 2 Inventarios. PCGE: ---------------------- x --------------------6842 2,000 2911 2,000 ---------------------- x --------------------Incidencia Tributaria: - La provisión por desvalorización de existencias no es aceptada tributariamente conforme el inciso f) del artículo 44° de la LIR. CASOS PRACTICOS DE LA NIC 2 – INVENTARIOS UNAC: Dip lom ado d e NIIF CASO 3: (VNR)  Al final del ejercicio 2011, según inventario realizado, los productos en curso (en proceso) presentan el siguiente saldo: Producto en curso "M" S/. 50,000,000 Se sabe que los costos pendientes de realización se estiman en S/. 30,000,000. El valor de venta de estos productos una vez terminados es de de comercialización de S/. 3,000,000. S/. 75,000,000 y los gastos Se pide: ajuste, si procede, en el valor de las existencias a final del ejercicio 2011 Solución:  Al ser superior la suma de las existencias finales y los gastos pendientes de producción al valor neto realizable de esos productos, una vez terminados y deducidos los gastos de comercialización correspondientes, hemos de ajustar las existencias de productos en cu rso por la diferencia resultante, teniendo en cuenta su grado de adelanto: Diferencia: (S/. 50,000,000 + 30,000,000) - (S/. 75,000,000 – 3,000,000) = S/. 8,000,000 Por tanto, el reconocimiento del gasto a registrar será la parte proporcional al grado de adelanto; es decir: -  Ajuste  (S/. 50,000,000 / 80,000,000) x 8,000,000 = S/. 5,000,000 Norma aplicable: - Párrafo 28 de la NIC 2 Inventarios. PCGE: ------------------------- x -----------------------6854 5,000,000 2941 5,000,000 ------------------------- x -----------------------Incidencia Tributaria: - La provisión por desvalorización de existencias no es aceptada tributariamente conforme el inciso f) del artículo 44 de la LIR. CASOS PRACTICOS DE LA NIC 2 – INVENTARIOS UNAC: Dip lom ado d e NIIF CASO 4: (VNR)  Al final del ejercicio 2011, según inventario realizado, los productos terminados presentan el siguiente saldo: Producto terminado "A" S/. 400,000,000 Se sabe que el valor de mercado de estos productos actualmente es de S/. 380,000,000 . No obstante, existe un contrato de venta en firme para los mismos por importe de S/. 450,000,000 estimándoseles unos gastos de comercialización de S/. 30,000,000. Se pide: ajuste, si procede, en el valor de las existencias a final del ejercicio 2011 Solución: En este caso, aunque el valor de mercado de los productos terminados disminuidos en los gastos de comercialización correspondientes sea inferior al costo de producción de los mismos, no hay que realizar ninguna corrección valorativa al existir un contrato de venta en firme por un importe superior al costo de producción. El precio de venta estimado sigue siendo superior al costo. VNR(1) = S/. 380,000,000 - 30,000,000 = S/. 350,000,000  400,000,000 (habría ajuste en condiciones normales sin embargo existe un contrato de venta) VNR(2) = S/. 450,000,000 - 30,000,000 = S/. 420,000,000  400,000,000 (no se ajusta por que se debe considerar el monto señalado en el contrato de venta) Norma aplicable: - Párrafo 31 de la NIC 2 Inventarios. PCGE: - No hay registro contable. Incidencia Tributaria: - No hay incidencia tributaria. CASOS PRACTICOS DE LA NIC 2 – INVENTARIOS UNAC: Dip lom ado d e NIIF CASO 5: (Cost o de adqu isi ció n) La empresa “Importadora S.A.C.” se dedica a la venta en plaza de mercadería importada. Según nos fuera informado por su contador, la compra es realizada EN a valor FOB, los pagos se realizan conjuntamente con el pago de la mercadería (los primeros días del año siguiente), los gastos hasta la venta de una determinada partida fueron los siguientes: Cantidad de productos: 10,000 unidades Costo de la mercadería en Origen: US$ 100,000  Aranceles US$ 10,000 Flete y seguro hasta el puerto de Callao US$ 14,000 Flete desde el puerto hasta el depósito que utiliza la empresa: US$ 2,500 Gastos de arrendamiento del depósito: US$ 800 Intereses de financiación de la mercadería: US$ 500 Se pide: Determinar el costo de la mercadería a efectos de su inclusión en los estados contables preparados de acuerdo a normas contables, sabiendo los siguientes datos respecto al tipo de cambio:  Al momento de efectuar la orden de compra S/. 2.80  Al momento del embarque S/. 2.85  Al momento de la llegada al puerto S/. 2.90  Al momento de la llegada al depósito S/. 2.95  Al cierre del ejercicio S/. 3.00  Al momento del pago de la compra S/. 2.90 Solución: Mercaderia US$ 100,000 x S/. 2.85 = Flete y seguro US$ 14,000 x S/. 2.90 = Flete US$ 2,500 x S/. 2.90 =  Aranceles US$ 10,000 x S/. 2.95 =  Almacenaje US$ 800 x S/. 2.95 = Costo total S/. S/. S/. S/. S/. S/. 285,000 40,600 7,250 29,500 2,360 364,710 Intereses S/. 1,475 US$ 500 x S/. 2.95 Norma aplicable: - Párrafo 11 de la NIC 2 Inventarios. PCGE: ------------------------- x -----------------------281 285,000 4212 285,000 CASOS PRACTICOS DE LA NIC 2 – INVENTARIOS existencias por recibir UNAC: Dip lom ado d e NIIF ------------------------- x ------------------------------------------------ x -----------------------6011 285,000 60911 7,250 60912 40,600 60913 29,500 60919 2,360 40151 29,500 4212 50,210 281 285,000 ------------------------- x -----------------------20111 364,710 6111 364,710 ------------------------- x -----------------------3731 1,475 45512 1,475 ------------------------- x -----------------------40151 29,500 1041 29,500 ------------------------- x -----------------------676 16,690 4212 16,690 ------------------------- x -----------------------67312 1,475 676 25 3731 1,475 45512 25 ------------------------- x -----------------------4212 351,900 45512 1,500 776 11,780 1041 341,620 ------------------------- x ------------------------ arancel (7,250 + 40,600 + 2,360) existencias por recibir ($ 500 x 2.95) intereses Pago del arancel ($ 500 x 0.05) $ 100,000 x 0.15 = 15,000 $ 14,000 x 0.10 = 1,400 $ 2,500 x 0.05 = 250 $ 800 x 0.05 = 40 (TC 3.00) 16,690 (285,000 + 50,210 + 16,690) Ing. Fin x Diferencia de cambio ($ 117,800 x 0.10) ($ 117,800 x TC de 2.90) Incidencia Tributaria: - La diferencia de cambio plenamente identificable con los inventarios forma parte del costo de la mercadería conforme el inciso e) del artículo 61° de la LIR. CASOS PRACTICOS DE LA NIC 2 – INVENTARIOS UNAC: Dip lom ado d e NIIF CASO 6: (Cost o de adqu isi ció n) Una empresa que no está gravada con el IGV y opera en Loreto, compra Mercaderías por S/. 1,000,000, recibiendo un descuento en la factura del 10% como consecuencia del tamaño de la compra. El proveedor factura S/. 1,000,000, menos el descuento y más el IGV. Paga S/. 1,000 de fletes desde el Callao a Loreto (no afecto al IGV). A los 15 días realiza el pago recibiendo un 5% de descuento por pronto pago. Se pide: Determinar el importe por el que debe aparecer en los estados contables. Solución: Monto mercadería Descuento 10% S/. 1,000,000 x 10% = Flete (sin IGV) IGV 18% S/. S/. S/. 1,000,000 (100,000) 900,000 1,000 901,000 S/. 900,000 x 18% = S/. 162,000 Descuento posterior 5% S/. 900,000 x 5% = S/. 45,000 El importe que debe reflejarse en los estados Financieros son: Inventarios S/. 901,000 Ingresos financieros S/. 45,000 Norma aplicable: - Párrafo 11de la NIC 2 Inventarios. PCGE: ------------------------- x -----------------------6011 900,000 60911 1,000 40111 162,000 4212 1,063,000 ------------------------- x -----------------------4212 53,100 40111 8,100 775 45,000 ------------------------- x ------------------------ CASOS PRACTICOS DE LA NIC 2 – INVENTARIOS UNAC: Dip lom ado d e NIIF Incidencia Tributaria: - No hay incidencia tributaria. CASO 7: (VNR)  Al final del ejercicio 2011 en que se incorporó el bien anterior todavía está en stock. A la fecha de cierre del ejercicio se solicitan cotizaciones por la mercadería puesta en Loreto y un proveedor distinto al que vendió nos ofrece el producto puesto en Loreto (sin IGV), a S/. 1,000,000. Dos meses después del cierre y antes de la fecha de emisión de los estados contables la mercadería es vendida a S/. 1,500,000, siendo los gastos directos de comercialización de S/. 100,000 Se pide: Determinar el valor que deberá mostrarse en los estados contables. Solución: Costo S/. 901,000 VNR 1 (mes 1) = S/. 1,000,000 (VNR externo) VNR 2 (mes 3) = S/. 1,500,000 - S/. 100,000 = S/. 1,400,000 (VNR interno) Costo o VNR el menor  No hay ajuste considerando que el costo es menor al VNR a la fecha de cierre y de emisión de los EEFF. Norma aplicable: - Párrafo 9 y 30 de la NIC 2 Inventarios. PCGE: - No hay registro contable. Incidencia Tributaria: - No hay incidencia tributaria. CASO 8: (VNR) En el caso anterior el valor neto de realización del bien es de S/. 900,000 pero el valor neto de realización de los artículos de la misma categoría es de S/ 1´200,000. Se considera que resulta apropiado agrupar estas partidas similares. CASOS PRACTICOS DE LA NIC 2 – INVENTARIOS UNAC: Dip lom ado d e NIIF Se pide: Determinar el valor que debe mostrarse la mercadería en los estados contables. Solución: Costo = S/. 901,000 VNR 1 = S/. 900,000 VNR 2 = S/ 1´200,0000 Costo o VNR el menor  Como se puede apreciar el costo es menor en S/. 1,000 que el VNR 1, pero como el valor de los artículos de la misma categoría supera ampliamente su costo y si se ha considerado como política de la empresa que la valuación debe realizarse agrupando la mercaderías por una misma categoría No debería realizarse ajuste alguno pues se consideraría el VNR 2. Norma aplicable: - Párrafo 29 de la NIC 2 Inventarios. PCGE: - No hay registro contable. Incidencia Tributaria: - No hay incidencia tributaria. CASO 9: (Prod ucc ión Normal) La empresa “La Máquina SAC” se dedica a la fabricación de anillos, para lo cual cuenta con una máquina capaz de fabricar mensualmente 10,000 anillos. Habitualmente, dicha máquina opera en un 90% de su capacidad. Sin embargo, en el mes de mayo del año 2011, la demanda ha caído, por lo que solamente se fabricaron 4,800 unidades. Los costos indirectos fijos de fábrica del mes ascendieron a S/. 800,000, mientras que los variables fueron de S/. 3,500,000. Se pide: Determinar la asignación de los costos de los anillos fabricados durante el mes de mayo de 2011 (considerar lo establecido en el numeral 13 de la NIC2). Solución: Capacidad normal CIF    10,000 x 90% = 9,000 anillos S/. 800,000 CASOS PRACTICOS DE LA NIC 2 – INVENTARIOS UNAC: Dip lom ado d e NIIF CIV Unidades producidas Cálculo directo: Distribución de CIF CIF no distribuidos    S/. 3,500,000 4,800 anillos = S/. 800,000 / 9,000 = S/. 88.89 = S/. 88.89 x 4,800 = S/. 426,667 = S/. 800,000 – 426,667 = S/. 373,333 Los CIF no distribuidos se reconocerán como gastos del periodo. a) Costo de producc ión unitario: Costo de producción variable Número de unidades de producción real Costo de producción variable unitario S/. 3´500,000 4,800 729.17 Costo de producción indirecto fijo Número de unidades de producción normal Costo de producción indirecto fijo unitario S/. 800,000 9,000 88.89 Costo total de producción unitario Total de costo de productos terminados: 4,800 x 818.06 818.06 S/. 3´926,688 b) Cálculo del costo invertido en produc ción que debe ser llevado a resultados: Número de unidades de producción real Costo de producción indirecto fijo unitario Total costo de producción que afecta a existencias Total costo de producción indirecto fijo invertido Monto atribuible a resultados c) Asiento contable ------------------------- x -----------------------211 3´926,677 6927 373,333 711 4´300,000 ------------------------- x ------------------------ CASOS PRACTICOS DE LA NIC 2 – INVENTARIOS 4,800 88.89 426,667 (800,000) (373,333) UNAC: Dip lom ado d e NIIF Norma aplicable: - Párrafo 12 y 13 de la NIC 2 Inventarios. Incidencia Tributaria: - El costo computable de los bienes enajenados se entenderá al costo de producción, entendiéndose por tal al costo incurrido en la producción del bien, el cual comprende los materiales directos utilizados, la mano de obra directa y los costos indirectos de fabricación. Tal como se establece en el párrafo 5 y Numeral 2) del párrafo 6 del artículo 20 de la LIR. En consecuencia no procede aceptar tributariamente como gasto del periodo el CIF no distribuido. CASO 10: (Producción normal) La “EMPRESA SAC” ha estimado gastos de producción indirectos fijos durante el ejercicio de S/. 2,000 mensual, lo que equivaldría a un gasto de producción indirecto fijo en el año de S/. 24,000 y estima una producción anual de 7,200 unidades sobre la base de producción normal que considera el potencial físico de la planta. La producción real durante el año fue de la siguiente manera: Meses Enero Febrero Marzo  Abril Mayo Junio Julio  Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre 720 600 510 555 750 630 795 420 480 540 600 1.350 Total 7,950 Se solicita realizar la asignación de los costos. Solución: Producción real Producción normal CIFF    Unidades 7,950 unidades 7,200 unidades S/. 24,000 CASOS PRACTICOS DE LA NIC 2 – INVENTARIOS UNAC: Dip lom ado d e NIIF Meses Unidades Unidades reales estimadas Costo mensual Costo unitario Costo atribuido Enero 720 600 2,000 2.78 Febrero 600 600 2,000 3.33 Marzo 510 600 2,000 3.33  Abril 555 600 2,000 3.33 Mayo 750 600 2,000 2.67 Junio 630 600 2,000 3.17 Julio 795 600 2,000 2.52  Agosto 420 600 2,000 3.33 Septiembre 480 600 2,000 3.33 Octubre 540 600 2,000 3.33 Noviembre 600 600 2,000 3.33 Diciembre 1,350 600 2,000 1.48 Total 7,950 7,200 24,000 3.33 CIFF No distribuido S/. 1,650   Los CIF no distribuidos se reconocerán como gastos del periodo. 2,000 2,000 1,700 1,850 2,000 2,000 2,000 1,400 1,600 1,800 2,000 2,000 22,350 Diferencia 0 0 -300 -150 0 0 0 -600 -400 -200 0 0 -1,650 Norma aplicable: - Párrafo 12 y 13 de la NIC 2 Inventarios. PCGE: ------------------------- x -----------------------211 22,350 6927 1,650 711 24,000 ------------------------- x -----------------------Incidencia Tributaria: - El costo computable de los bienes enajenados se entenderá al costo de producción, entendiéndose por tal al costo incurrido en la producción del bien, el cual comprende los materiales directos utilizados, la mano de obra directa y los costos indirectos de fabricación. Tal como se establece en el párrafo 5 y Numeral 2) del párrafo 6 del artículo 20 de la LIR. En consecuencia no procede aceptar tributariamente como gasto del periodo el CIF no distribuido. CASOS PRACTICOS DE LA NIC 2 – INVENTARIOS