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A C U E R D O N U M E R O N U E V E - Poder Judicial De La

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A C U E R D O N U M E R O V E I N T I S I E T E. En Corrientes, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil catorce, siendo las ocho horas, estando reunidos y constituidos en Tribunal, en la Sala de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, el señor Presidente Dr. GUILLERMO HORACIO SEMHAN, los señores Ministros, Dres. ALEJANDRO ALBERTO CHAIN, FERNANDO AUGUSTO NIZ y el señor Fiscal General Dr. CESAR PEDRO SOTELO, asistidos del Secretario Administrativo, Dr. GUILLERMO ALEJANDRO CASARO LODOLI, tomaron en consideración los siguientes asuntos y, ACORDARON PRIMERO: Visto: El Sr. Presidente da cuenta de las siguientes Resoluciones: I. Dictadas en uso de las facultades conferidas por el Art. 24°, inc. e) del Decreto Ley N° 26/00 LOAJ: "Nº 258. VISTO: Corrientes, 09 de octubre de 2014. El Plan de Implementación –Fase III (Acta Nº 16 –correspondiente al mes de Agosto) del Proyecto de Incorporación de Tecnología Informática y de Comunicaciones (TICs) – Sistema Integrado de Gestión Administrativa en el Poder Judicial de Corrientes, presentado por la Empresa ECOM CHACO S.A. (Expte. CA-632014); CONSIDERANDO: Que ha tomado intervención la Unidad Ejecutora del Proyecto, informando que la Empresa Ecom Chaco S.A. ha dado cumplimiento al informe de Avance de Implementación correspondiente al mes de agosto de la Fase III – formalizado en Acta Nº 16- previsto en el Plan de Proyecto y Cronograma de ejecución y conforme a lo previsto en la cláusula 6.4 de las condiciones especiales del contrato, corresponde su aprobación. Por ello; RESUELVO: 1) Aprobar y remitir a la Dirección General de Administración a sus efectos. 2) Comunicar y dar cuenta en el próximo Acuerdo.” “N° 259.- Corrientes, 10 de octubre de 2014 VISTO: El informe realizado por el Departamento Tesorería de la Dirección General de Administración; Expte. 09-E-1810-2014; “DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION S/DPTO. TESORERIA S/PAGO DE COMISIONES BANCARIAS DE CUENTA N°130768/19 DE $7.627,21” CONSIDERANDO: Que a fojas 01 la Sra. C.P. Guillermina Inés Goetze, Tesorera del Departamento Tesorería de la Dirección General de Administración informa las comisiones de la cuenta corriente Nro. 130768/19 correspondientes al mes de Septiembre de 2014. Que el gasto se realiza conforme a las disposiciones legales vigentes, encuadrándose en la Ley Nro. 5571 de Administración Financiera Provincial, Ley Nro. 4420 de Autarquía, Ley 4484 Fondo Poder Judicial y Reglamento de Administración Financiera (RAF). Que existe Crédito Presupuestario en la partida específica para tal fin en FUENTE 14- RECURSOS DEL TESORO PROVINCIAL CON AFECTACIÓN ESPECÍFICA. RESUELVO: 1) Autorizar la liquidación por Débito Bancario de los Gastos de Comisión por Recaudación del mes de Septiembre de 2014, correspondiente a la Cuenta Nro. 130768/19 – FONDO PODER JUDICIAL – RECAUDACIÓN y que asciende a la suma total de $7.627,21 (pesos siete mil seiscientos veintisiete con veintiún centavos). 2) Imputar el gasto al PROGRAMA 01- ACTIVIDAD 03- PARTIDA 3.5.5. por $7.627,21 (pesos siete mil seiscientos veintisiete con veintiún centavos) en FUENTE 14RECURSOS DEL TESORO CON AFECTACIÓN ESPECÍFICA con débito a la CUENTA DE RECURSOS. 3) Proceder a la emisión del Comprobante del Gasto C-01, a favor del Banco de Corrientes S.A. y remitir dicha registración contable a la Tesorería Jurisdiccional. 4) Comunicar, librar copias a sus efectos y oportunamente archivar.” Por ello y oído el Señor Fiscal General, SE RESUELVE: Aprobarlas. II. Dictadas en uso de las facultades conferidas por el Art. 3°, ap. a), Régimen aprobado por Acdo. N° 27/13, pto. 19°: N° 256 (Expte. E-1830-2014); N° 257 (Expte. E-1090-2014); N° 260 (Expte. EH105-2014); N° 261 (Expte. E-1807-2014); N° 262 (Expte. E-1440-2014) y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Tener presente. SEGUNDO: Visto: El Expte. E-1959-2014; en el que la agente Mariángeles RAMIREZ, M.I. N° 37.428.513, quien presta servicios en el Juzgado de Instrucción y Correccional de la Ciudad de Mercedes, presenta su renuncia al cargo de Escribiente, alegando motivos personales y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Aceptarla a partir del 15 de octubre de 2014. TERCERO: Visto: Los Expedientes donde se solicitan la designación de pasantes; y Considerando: Que los propuestos han cumplido con los requisitos previstos en el Régimen –aprobado por Acdo. N° 25/04, pto. 30° y sus modificaciones- y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Designar en calidad de pasantes: En el Juzgado Civil y Comercial N° 4, a la Abogada Verónica Paola SENA, M.I. N° 32.516.398 (Expte. E-17852014) y en el Juzgado Civil y Comercial N° 11 a la Abogada Claudia Beatriz SANCHEZ, M.I. N° 30.295.578 (Expte. E-1737-2014). CUARTO: Visto: Las atribuciones conferidas al Superior Tribunal de Justicia en el art. 187 inc. 7 de la Constitución Provincial, art. 104 de la Ley Orgánica de la Administración de Justicia (Dcto. Ley 26/00) y artículo 83 del Reglamento Interno y oído el Señor Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Fijar fecha para la próxima feria judicial desde el 24 de diciembre 2014 al 31 de enero de 2015, ambos inclusive. 2) Declarar feriado judicial los días 24 y 31 de diciembre del corriente año, en razón de la celebración de las tradicionales Fiestas de Nochebuena y Fin de Año, de conformidad a lo decidido en casos análogos. QUINTO: Visto: El Expte. J-1116-13; en el que la Señora Juez Civil, Comercial y Laboral de Curuzú Cuatiá, solicita que este Tribunal se expida sobre la inclusión de los expedientes laborales en el cómputo del turno para las causas civiles y comerciales. Destaca que, es de práctica de su tribunal, excluir los expedientes laborales y limitar el cómputo únicamente a los expedientes civiles, comerciales y de familia. Fundamenta su pedido, en virtud de lo resuelto en el punto 9° del Acuerdo N° 33/2013, en cuanto se dispuso que, en el turno de los 100 (cien) expedientes se incluyan las causas contenciosas administrativas en el rubro “ordinarios y de cualquier naturaleza”, a efectos de una distribución equitativa de tareas. Y Considerando: Que, existieron medidas que modificaron las circunstancias que dieron origen al planteo de la Señora Juez Civil, Comercial y Laboral de Curuzú Cuatiá y habida cuenta de que este Tribunal no siempre se encuentra obligado a realizar un pronunciamiento específico sobre el objeto concreto del pedido, máxime cuando como en el caso, advierte que se produjeron hechos sobrevinientes que modificaron el objeto del expediente. Que, en ese marco, no se puede dejar de soslayar lo resuelto, en el ap. 6) del punto 4° del Acuerdo N° 23/14 y ap. 6) punto 2° del Acuerdo N° 17/14, en el que se dispuso la implementación de la Secretaría Especializada en lo Contencioso Administrativo, en la ciudad de Curuzú Cuatiá y Goya, respectivamente, medidas que no solamente significaron aumentar la actual dotación de Funcionarios del Tribunal, sino la designación de profesionales especialistas en la materia. Por lo que, si bien se cree oportuno y conveniente, mantener la inclusión de las causas en lo contencioso y administrativo en el cómputo de los 100 expedientes para la asignación del turno de las causas civiles y comerciales, para los juzgados de la cuarta y quinta circunscripción judicial, porque en dichos Tribunales todavía no se crearon las secretarías especializadas, en cambio debe dejarse sin efecto dicha pauta interpretativa, para la segunda y tercera circunscripción judicial. Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1°) Dejar sin efecto la pauta interpretativa establecida en el punto 9° del Acuerdo N° 33/13, respecto de la tercera circunscripción judicial y la dispuesta en el pto. 14°, ap. 3), 2° párrafo del Acdo. N° 36/09, para la segunda circunscripción judicial y en consecuencia, disponer que, a partir de la publicación del presente, la distribución de las causas de naturaleza civil y comercial promovidas en la jurisdicción de sus respectivos territorios, al momento de realizarse el cómputo de los 100 (cien) expedientes para establecer el turno del Tribunal, en materia civil y comercial, no se incluirán las causas en lo contencioso administrativo. 2°) Mantener lo establecido en el punto 9° del Acuerdo N° 33/13, para los juzgados con competencia en lo Civil y Comercial de la cuarta y quinta circunscripción judicial. SEXTO: Visto: El Expte. E-1946-2014; donde la Dirección de Informática solicita una prórroga -para el fuero Penal y el Ministerio Público-, del plazo establecido en el punto 14 del Acuerdo N° 19/14, a efectos de lograr la eliminación de la doble registración. Señala como fundamento de su pedido que, el procedimiento conlleva una serie de actividades que excedieron materialmente las posibilidades de los profesionales del área, sobre todo porque se necesita de capacitación y seguimiento de los usuarios, como así también evaluarse cuestiones de seguridad y afianzamiento de la operatoria, a través de controles y auditorias previas, para de esa manera lograr obtener la registración de los Libros Reglamentarios en forma virtual. Que, es dable recordar que este Tribunal, en el Acuerdo citado precedentemente, resolvió dejar sin efecto a partir del 15 de octubre de 2014 la doble registración ordenada por Acdo. N° 30/06, pto. 13°, para todos los Fueros e instancias de todas las circunscripciones judiciales, recordando la plena vigencia del Acdo. N° 29/06, pto. 22° que establece la obligatoriedad de registrar cada actuación en el Sistema IURIX. Asimismo, encomendó a los responsables de cada Organismo el estricto cumplimiento -por parte de los operadores del sistema- de utilizar correctamente los códigos de las actuaciones durante todo el trámite del expediente a efectos de lograr efectividad y optimización en la gestión de cada Juzgado y lograr –en este camino- el cumplimiento de otros objetivos contemplados en las Políticas Informáticas que encara este Superior Tribunal de Justicia. Igualmente, recomendó el estricto cumplimiento en la utilización de los códigos de actuación que impactan en los libros reglamentarios como así también de las instrucciones que se harían llegar a través de la Dirección de Informática. Y Considerando: Que, para así decidir, se tuvo en cuenta que la implantación del sistema IURIX hoy operativo en toda la Provincia, previó desde su inicio la eliminación de la registración manual en soporte papel de los Libros Reglamentarios y que por Acdo. N° 30/06, pto. 13°, se había dispuesto la sustitución gradual de dichos Libros por la registración informática que emita el sistema, utilizándose mientras tanto de manera simultánea, el registro informático y soporte papel. Que, a fin de alcanzar los objetivos, resulta indispensable estabilizar la operatoria general del sistema, definir el catálogo de materias para cada Fuero y fundamentalmente lograr la concientización en los usuarios del uso correcto de los códigos de actuaciones establecidos obligatoriamente, por lo que, atento a lo señalado por la Dirección de Informática respecto del Fuero Penal y el Ministerio Público, oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Prorrogar -para el fuero penal y el Ministerio Público- hasta el 15 de noviembre de 2014, el plazo establecido en el Acdo. N° 19/14 punto 14° ap. 1) a efectos del cumplimiento de lo allí resuelto. SEPTIMO: Visto: El Régimen de Jueces y Funcionarios del Ministerio Público Sustitutos aprobado por Acuerdo Nº 17/07 y sus modificatorias; Considerando: Que resulta menester convocar a inscripción, por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Convocar a inscripción a fin de integrar la nómina de Jueces y Funcionarios del Ministerio Público Sustitutos –para el año 2015-, a quienes hayan aprobado concursos en el Consejo de la Magistratura, a Magistrados y Funcionarios del Ministerio Público jubilados y a abogados en el libre ejercicio de la profesión con más de quince años de antigüedad, de acuerdo con las siguientes condiciones: a.- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD: Art. 183º de la Constitución Provincial; Art. 2º y 5º del Régimen de Jueces y Funcionarios del Ministerio Público Sustitutos, los que deberán estar cumplimentados en oportunidad de la presentación de la documentación. b.- INSCRIPCION: En la página web del Poder Judicial: www.juscorrientes.gov.ar en el link Informaciones, Sustitutos. c.- INFORMES: En la página web del Poder Judicial: www.juscorrientes.gov.ar en el link Informaciones, Sustitutos. d.- PLAZO: Dentro de los 20 días a contar desde el último aviso publicado en el Boletín Oficial (este dato se dará a conocer por Secretaría en un próximo Acuerdo y/o página web). e.- PLAZO PERENTORIO DE PRESENTACION DEL LEGAJO: Dentro de los 3 días hábiles de la fecha de inscripción en la página web, en la Secretaría Administrativa del Superior Tribunal. f.- INHABILIDADES: Art. 11 del Régimen de Jueces y Funcionarios del Ministerio Público Sustitutos. 2) Requerir a los Colegios de Abogados, la difusión en sus respectivas jurisdicciones y entre sus matriculados, de la Convocatoria para integrar la nómina de Jueces y Funcionarios del Ministerio Público Sustitutos. OCTAVO: Visto: Las atribuciones de superintendencia conferidas a este Superior Tribunal de Justicia y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Llamar a Concurso para confeccionar la nómina de aspirantes en condiciones de ser designados en el escalafón administrativo, en el cargo de Escribiente, para las cinco circunscripciones judiciales y localidades del interior donde tenga su asiento un Tribunal y/o dependencia del Poder Judicial Provincial, con carácter cerrado y limitado al Personal de Servicio y Maestranza que integran actualmente y a la fecha del presente, la Planta Activa de dicho escalafón. 2) El concurso estará sujeto a las condiciones establecidas en el Régimen aprobado por Acdo. N° 32/10, pto. 17°. 3) A tal efecto, los postulantes deberán realizar la preinscripción obligatoria en la página web del Poder Judicial: www.juscorrientes.gov.ar, desde las 0:00 hs. del día 10 de noviembre a las 24:00 hs. del día 30 de noviembre de 2014. 4) Una vez aprobadas las nóminas respectivas, entrarán en vigencia desde su publicación, en forma simultánea con las listas aprobadas por Acuerdo N° 28/11 pto. 17°, Acuerdo N° 12/12 pto.12° y Acuerdo N° 20/12 pto. 5° o las nóminas que en el futuro las reemplacen y que resulten del concurso convocado en el punto siguiente. NOVENO: Visto: Las atribuciones de superintendencia conferidas a este Superior Tribunal de Justicia y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Llamar a Concurso para confeccionar la nómina de aspirantes en condiciones de ser designados en el escalafón administrativo, en el cargo de Escribiente, para la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia, que comprende a las localidades que conforman los Departamentos de Capital, Bella Vista, Berón de Astrada, Concepción, Empedrado, General Paz, Itatí, Mburucuyá, Saladas, San Luis del Palmar, San Cosme, San Miguel, nómina que además se utilizará para las designaciones de Escribientes en los Juzgados de Paz de: Caá Catí, Itá Ibaté, Loreto, Paso de la Patria y Santa Rosa, con carácter abierto a todos los ciudadanos que reúnan las condiciones establecidas en la Ley Orgánica de la Administración de Justicia y bajo las condiciones establecidas en el Régimen de Ingreso del Empleado Administrativo aprobado por Acdo. N° 32/10, pto. 17. 2) A tal efecto, los postulantes deberán realizar la preinscripción obligatoria en la página web del Poder Judicial www.juscorrientes.gov.ar, desde las 0:00 hs. del día 1° de diciembre hasta las 24:00 hs. del día 20 de diciembre de 2014. 3) Ordenar publicar en un diario de tirada Provincial y en la página web del Poder Judicial. DECIMO: Visto: Las atribuciones de superintendencia conferidas a este Superior Tribunal de Justicia y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: 1) Llamar a Concurso de ingreso a la Administración de Justicia a efectos de confeccionar la nómina de aspirantes en condiciones de ingresar a la Administración de Justicia Provincial, en el escalafón Obrero, Maestranza y Servicios, para las distintas Circunscripciones Judiciales y localidades del interior donde tengan su asiento los Tribunales y dependencias del Poder Judicial Provincial, bajo las condiciones establecidas en la Ley Orgánica de la Administración de Justicia (Decreto Ley N° 26/00), Reglamento Interno (RIAJ) y Régimen de Concursos (Acdo. N° 22/09, pto. 14° y modif.). 2) Requisitos para acceder al Concurso: a) Ser ciudadano argentino en ejercicio; b) Tener 18 años de edad como mínimo, cumplidos a la fecha del cierre del Concurso; c) Poseer aptitud psicofísica para el desempeño del cargo, extremo que deberá acreditarse al tiempo de la eventual designación. d) Poseer título de estudios secundarios completos. e) Inhabilidades: No podrán ser nombrados empleados los que hubieran sido separados de su empleo por razones disciplinarias en cualquiera de los poderes del Estado Nacional, Provincial o en las Municipalidades; los fallidos o concursados que no hubieran obtenido su rehabilitación o los fraudulentos, los condenados o con auto de procesamiento firme por delito doloso u otro que por su naturaleza impida su ingreso al Poder Judicial. No podrán desempeñarse en una misma dependencia los cónyuges ni los parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad. 3) Inscripción: Se efectuará a través de la página web del Poder Judicial: www.juscorrientes.gov.ar, a partir de las 0:00 hs. del día 1° de diciembre y hasta las 24 hs. del día 20 de diciembre de 2014, indicando el postulante la especialidad u oficio si correspondiere. 4) Documentación: a) Contenido: Los postulantes deberán presentar la documentación con carácter de declaración jurada en formulario que se proveerá al efecto, al que se deberá adjuntar comprobante de inscripción emitido por el sistema, fotocopia de la primera y segunda hoja del Documento de Identidad, fotocopia certificada que acredite haber completado los estudios secundarios y toda otra documentación que considere oportuno para evaluar sus antecedentes, especialidad u oficio que tuviera. Declaración jurada sobre la veracidad de la información a que se refiere el inc. e) del punto 2. Requisitos. El Superior Tribunal de Justicia efectuará la revisión de los legajos, pudiendo exigir la presentación de la documentación original para verificar su autenticidad; b) Fecha de presentación de la documentación: Al momento de una eventual entrevista y/o designación. 5) Publicidad: La convocatoria se dará a conocer al menos durante un día en un diario de tirada Provincial y en la página web del Poder Judicial: www.juscorrientes.gov.ar UNDECIMO: Visto: La necesidad de rectificar la Planilla de puntaje correspondiente a la etapa de “Antecedentes” dentro del marco del Régimen General de Concursos, aprobado en el punto 14° apartado 10 del Acuerdo N° 26/14 (ver Anexo III), en cuanto a las categorías y puntajes del rubro “Actividad Académica b.3) Docencia”, como así también, la reubicación dentro de “Antecedente Curricular”, del sub-ítem “Conformación del Tribunal Evaluador”, la denominación correcta del “Área de Capacitación del Poder Judicial” en el sub-ítem c.1.7 y la colocación como ítem c) de “Antecedente Curricular “ e ítem d) para las “Publicaciones Científicas”. Y Considerando: Que, se dispuso que la mencionada Planilla en el futuro pasará a complementar el artículo 45° del Régimen General de Concursos –aprobado por Acdo. N° 22/09 y sus modif.- y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Rectificar la planilla aprobada en el punto 14°, apartado 10) del Acdo. N° 26/14 (Anexo III), respecto de las Categorías y puntajes del rubro “Actividad Académica b.3) Docencia”, como así también, la reubicación dentro de la categoría “Antecedente Curricular”, del sub-ítem “Conformación del Tribunal Evaluador”, la denominación correcta del “Área de Capacitación del Poder Judicial” en el sub-ítem c.1.7 y la colocación como ítem c) de “Antecedente Curricular “ e ítem d) para las “Publicaciones Científicas”, conforme aclaraciones, detalles y referencias de la nueva Planilla que forma parte del presente como Anexo y que pasará a complementar el art. 45° del Régimen General de Concursos. DUODECIMO: Visto: Las solicitudes de licencias: 1) Sra. Blanca Sinforosa AMARILLA DE QUIROZ, 44 días desde el 03/09/14; SE RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.). 2) Sra. Noelia Itatí CHAJADE, 30 días desde 28/09/14; SE RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.). 3) Sra. Dora Elvira ESCOBAR DE BARRIOS, 30 días desde el 25/09/14; SE RESUELVE: Concederla (Art. 44º del R.I.). 4) Sra. María Silvia NOBLE, 10 días desde el 09/09/14; SE RESUELVE: Concederla (Art. 45º del R.I.). 5) Sr. Carlos Ramón MORALES, 7 días desde el 04/10/14; SE RESUELVE: Concederla (Art. 46º del R.I.). 6) Sra. Alicia Beatriz BASTERRETCHE, 28 días desde 28/09/14; SE RESUELVE: Concederla con carácter excepcional, con goce de haberes (Art. 63º “in fine” del R.I.). 7) Dra. Nora Rosana MACIEL, 2 días desde 31/07/14; SE RESUELVE: Concederla con carácter excepcional, con goce de haberes y sin afectación del adicional por presentismo (Art. 63º “in fine” del R.I.). 8) Sra. María Luisa Salomé SIMONELLI, 2 días desde 16/10/14; SE RESUELVE: Concederla con carácter excepcional, sin goce de haberes (Art. 63º “in fine” del R.I.). 9) Sra. Laura Catalina QUIROZ, 7 días desde el 22/09/14 y 7 días desde el 04/10/14; SE RESUELVE: Concederla con carácter excepcional, con goce de haberes (Art. 63º “in fine” del R.I.). DECIMO TERCERO: Comunicar lo resuelto por Secretaría y darlo a publicidad. No habiendo otros asuntos a consideración, se dio por terminado el presente Acuerdo, firmándose, previa lectura y ratificación, ante mí, Secretario Autorizante, que doy fe. Fdo. Dres. GUILLERMO HORACIO SEMHAN (Presidente), ALEJANDRO ALBERTO CHAIN, FERNANDO AUGUSTO NIZ (Ministros) y Dr. CESAR PEDRO SOTELO (Fiscal General). Ante mí, Dr. GUILLERMO A. CASARO LODOLI, Secretario Administrativo”. ES COPIA ANEXO (Conforme punto 10° del Acdo. N° 27/14) APELLIDOS Y NOMBRES: Cargo: Valores Establecidos a) ACTIVIDAD PROFESIONAL a.1.) Libre ejercicio de la profesión (base 2 puntos) Actividad Privada y/o en Relación de dependencia (Nacional, Provincial, Municipal) a.2.) Ejercicio en la Función Judicial a.2.1.)Magistrado, Fiscal, Defensor, Asesor, etc. a.2.2.)Secretario 2da. Instancia, S.T.J. y Ministerio Público a.2.3.)Secretario 1ª. Inst., S.T.J. y Min. Público, Juez de Paz a.2.4.)Prosec. 1ª. y 2ª. Inst, S.T.J., Min. Pco., Sec. Juzg. de Paz a.2.5) Sustitutos (más de un año) a.2.6.)Ternas en el Consejo de la Magistratura Personal Judicial a.2.7) De 1 a 5 años. a.2.8) De 6 a 10 años a.2.9) De 11 a 15 años a.2.10)De 16 en adelante … a.2.11.)Pasantía en el Poder Judicial SUBTOTAL Máximos 10,00 8.00 6.00 5,00 4,00 1,00 1,50 2,00 3,00 4,00 0.50 b) ACTIVIDAD ACADEMICA Títulos b.1. Doctor en Derecho b.1.1.) Maestría-Magister b.2) CURSOS DE ESPECIALIZACION 6,00 4,00 b.2.1.) Cursos de especialización 91/300 hs. 3,00 b.2.2.) Cursos de especialización 61/90 hs 2,50 b.2.3) Cursos de especialización de 41/60 hs. 2,00 b.2.4) Cursos especialización 21/40 hs- 1,50 b.2.5) Cursos, jornadas, congresos 03/20 hs. 1,00 b.3.) DOCENCIA b.3.1.) Profesor Titular 3,00 b.3.2.) Profesor Adjunto 2,00 b.3.3.) Profesor Jefe de Trabajos Prácticos 1,50 b.3.4.) Profesor Adscripto 1,00 C.) ACTIVIDAD CURRICULAR c.1.1.) Disertante en cursos, congresos, jornadas, etc. c.1.2.) Autor, coautor de trabajos o ponencias en Congresos, Jornadas, etc. c.1.3.) Conformación de Tribunal Evaluador c.1.4.) Docencia en niveles secundario y terciario en materias afines al cargo a concursar c.1.5.) Miembro activo en jornadas, congresos, etc. c.1.6.) Coordinador/a de cursos, congresos, jornadas, etc. 2,00 1,00 1,00 1,00 0.75 0,50 Cantidad Puntaje Calculado c.1.7) Cursos, jornadas, talleres, etc. realizados en el Área de Capacitación del Poder Judicial c.1.8) Asistencia a cursos, congresos y jornadas, etc. D) PUBLICACIONES CIENTIFICAS – JURIDICAS EN LA ESPECIALIDAD QUE SE CONCURSA d.1) Publicaciones en revistas científicas-jurídicas reconocidas. SUBTOTAL 0,50 0,10 1,00 TOTAL GENERAL Referencias: a.2.1) Magistrados, Fiscal, Defensor, Asesor, etc. que no hayan sido destituidos del cargo. a.2.2)- a.2.3) –a.2.4) con más de un año de antigüedad y que hayan obtenido estabilidad en el cargo. b.31)- b.3.2) –b) 3.3. y b.3 4) los puntajes serán otorgados por cátedra COMUNICADOS DE SECRETARIA 1. LA SECRETARIA JURISDICCIONAL N° 1 DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA, HACE SABER: Las instrucciones en los casos de Expedientes elevados al Superior Tribunal de Justicia por Recursos de Casación concedidos; Legajos de Competencia negativa y Contestaciones de Oficios remitidos por éste STJ (cuando se haya formado expediente) Cuando sean elevados en el sistema IURIX: con el movimiento: ELESTJ DESTINO: MESA DE ENTRADA DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA CODIGO: 1S0300 Si se elevan varios Expedientes, los tribunales deberán imprimir al hacer la remisión, una hoja con el movimiento del envío POR CADA EXPEDIENTE POR SEPARADO y no varios en una misma hoja, aún cuando sea el mismo Tribunal remitente e igual destino (éste Superior Tribunal). Todo lo que se eleva físicamente debe estar tal y como dice el sistema y viceversa (si viene por cuerda, en el sistema debe estar por cuerda, si esta acumulado, debe constar en el sistema la acumulación). NO deberán elevarse actuaciones por cuerda del principal, por ejemplo Incidentes que no fueron agregados al Expediente y que no guardan relación con el motivo de casación, pues aumentan la complejidad de los pases o movimientos y el manejo de la causa sin necesidad. 2- CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE NEUQUEN CONCURSO N° 95: El Consejo de la Magistratura de la Provincia del Neuquén, convoca a Concurso Público de Antecedentes y Oposición para cubrir los siguientes cargos: -Tres (3) cargos de Defensores Civiles no patrimoniales de la I Circunscripción Judicial (Categoria MF4) Requisitos: Los establecidos en el artículo 228 de la Constitución de la Provincia del Neuquén. Plazo de consultas: Las consultas podrán realizarse desde el 9 al 27 de octubre de 2014, ambos inclusive, de 8:00 a 15:00 horas, en la sede del Consejo de la Magistratura de la Provincia del Neuquén sita en calle Carlos H. Rodríguez Nº 364, 2do. piso de la ciudad de Neuquén o por medio del correo electrónico [email protected]. Se hace saber a los interesados que el Reglamento de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición y el Formulario de Inscripción se encuentran en el sitio oficial de internet, www.magistraturanqn.gov.ar. Plazo de inscripción: Las solicitudes serán recibidas en la Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura de la Provincia del Neuquén, desde el 21 al 27 de Octubre de 2014, en el horario de 8:00 a 15:00. El 27 de Octubre, el horario de atención se extenderá hasta las 20:00. Se recepcionarán solicitudes de inscripción y documentación, cursadas por vía postal, si constase en el sello de imposición de la oficina postal, que la pieza ha sido despachada dentro del plazo establecido para las inscripciones y si el remitente hubiese dado oportuno aviso de su envío a la Secretaría dentro de dicho plazo, mediante fax o por correo electrónico. Documentación a presentar y antecedentes: Será de presentación obligatoria el Formulario de Inscripción y la documentación establecida en el art. 14 del Reglamento de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición. Asumido el cargo por el o los postulantes designados, la documentación agregada por los restantes postulantes quedará a su disposición por el plazo de un (1) mes, transcurrido el cual el Consejo de la Magistratura podrá disponer su destrucción sin derecho a reclamo o recurso alguno (art. 44 del Reglamento de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición). Jurados: Conforme lo dispuesto por el art. 7 del Reglamento de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición han sido designados los siguientes jurados: Jurado Académico Titular: Dr. Ricardo David RABINOVICH Jurado Académico Suplente: Dra. Magdalena Beatriz GIAVARINO Jurado Titular por el Ministerio Público: Dr. Mariano Sebastián ÁLVAREZ Jurado Suplente por el Ministerio Público: Dr. José Luís URSAGASTI Exámenes: Tendrán lugar en la sede del Consejo de la Magistratura de la Provincia del Neuquén. El examen escrito: el día 2 de Diciembre a partir de las 8:30 hs. y el examen oral: los días 3 y 4 de Diciembre a partir de las 8:30 horas, todos de 2014. Datos de Interés: Tel: 0299-442 1242. CPA Q8300HJH 3- CANCELACION MATRICULA DE PERITOS JUDICIALES: Por Resolución del S.T.J. N° 596 de fecha 6 de octubre de 2014, se procedió a la CANCELACION de la matrícula profesional del Perito Tasador Alberto Higinio SCHIFFO, registrado bajo el N° 16, Folio 17 del Libro l.