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Capacidad Absoluta Y Incapacidad Relativo

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16.- según el código civil explique la incapacidad absoluta y la incapacidad relativo Incapacidad absoluta. El artículo 43º del Código Civil establece tres supuestos de incapacidad absoluta: a) Los menores de 16 años, salvo para aquellos actos determinados por ley.- Éste supuesto es considerado dentro de la incapacidad absoluta por considerar que los menores de 16 años no tienen la madurez adecuada para actuar, salvo en aquellos casos en que se trate de actos de quehacer diario, como la compra de útiles escolares, alimentos, etc. b) Los que se encuentren privados de discernimiento.- Podemos definir el discernimiento como la capacidad de juicio que tiene una persona y que le permite diferenciar una cosa de otra. En ese sentido, una persona puede verse privada de discernimiento debido a una enfermedad enfermedad mental, situaciones situaciones de insanía o por senilidad o pérdida en el uso de la razón. c) Los sordomudos, ciegosordos y ciegomudos que no puedan expresar su voluntad de manera INCAPACIDAD RELATIVA La norma sustantiva establece ocho supuestos en los que puede configurarse la incapacidad relativa: a) Los mayores de 16 años y menores de 18 años de edad.- Incapacidad sustentada también en la falta de discernimiento. b) Los retardados mentales.- Se refiere aquí a personas que no se encuentran privadas de discernimiento sino que tienen razonamiento, aunque por pasajes se encuentra oscurecido. c) Los que adolecen de deterioro mental que les impide expresa su libre voluntad.- Su estado es intermedio, entre la normalidad y la alienación, no se han desarrollado en forma normal pero conservan un disminuido uso de razón. d) Los pródigos.- La Real Academia Española de la Lengua define a los pródigos como aquellas personas que dilapidan su propio patrimonio, afectando los intereses e incluso alimentación de su familia; los pródigos deben ser declarados como tales mediante sentencia judicial. e) Los que incurren en mala gestión.- Parecido al ítem anterior, se refiere a que la persona no cuenta con suficiente racionalidad para llevar a cabo sus negocios, situación que debe ser evaluada y declarada  judicialmente por un juez. f) Los ebrios habituales.- Referido a las personas que tienen inclinación por el consumo de bebidas alcohólicas en forma excesiva y permanente, convirtiéndose ello en un estado patológico que afecta el entorno personal y familiar. g) Los toxicómanos .- Esta causal de incapacidad relativa se configura debido al consumo de drogas o sustancias alucinógenas en forma habitual. h) Los que sufren pena que lleva anexa la interdicción civil.- La interdicción es la declaración de incapacidad de acuerdo a las causas que establece la ley, en ese sentido, una persona que sufre una sanción anexada a la interdicción incurre en esta causal. DIFERENCIA ENTRE CAPACIDAD ABSOLUTA Y CAPACIDAD RELATIVA Incapacidad Absoluta 1. Requieren de un representante para celebrar actos jurídicos. 2. Adolece de nulidad absoluta. 3. Los actos celebrados no producen obligaciones. 4. No pueden manifestar su voluntad de manera indubitable. 5. No tienen capacidad de ejercicio a pesar de haber cumplido los 18 años. Incapacidad relativa 1. Requieren de un representante o permiso el para celebrar actos  jurídicos. 2. Adolecen de incapacidad relativa. 3. Los actos celebrados si producen obligaciones. 4. Pueden manifestar su voluntad de manera indubitable. 5. Tienen capacidad de ejercicio con algunas restricciones.