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Colaboracion Eficaz Monografia

Descripción: colaboracion eficaz monografia

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Índice Presentación Introducción I. MARCO CONCEPTUAL I.1. Definició Definición n I.2. Antecedente Antecedentess istóricos istóricos I.!. Princi"a#es caracter$sticas I.%. Princi"io Princi"ioss rectores rectores II. II. TRA TRATAMIEN MIENTO TO EN EL CO CODI DI&O &O PROC PROCE' E'AL AL PENA PENAL L PERU PERUAN ANO O II.1. Antecedentes #e(a#es II.2. Re)uisitos * condiciones II.! I.!. O+#i O+#i(a (accione ioness * +ene +enefi fici cioos de# de# co#a+o #a+ora rado dorr efi efica, ca, II.% I.%. Re#a e#ació ción con con otra otrass insti nstitu tuccione ioness "ro "roces cesa#es a#es III. II. ETA ETAPA' - TRA TRAMITE MITE' ' DEL DEL PROC PROCED EDIM IMIE IEN NTO DE COLA OLAORA ORAC CION E/ICA0 III.1. III.2. III.!. III.%. III.. 'o#icitud Eta"a de corro+oración Eta"a de a"ro+ación Contro# de de o+ o+#i(aciones Reocación Conc#usiones Referencias +i+#io(r3ficas I. MARCO CONCEPTUAL I.1. Definició Definición n Se pueden encontrar muchas definiciones de esta institución procesal tomando en cuenta la doctrina procesal penal, la política criminal o legislación (como fuente de segundo nivel). En la doctrina penal cabe destacar la concepción de Alessandro Baratta que entiende al colaborador efica como !"a figura denominada !arrepentido# que se encuentra delineada de la siguiente manera$ aquella persona que incursa en el delito, que antes o durante un proceso penal aporte información que permita llevar  a procesamiento a otra sindicada o a un significativo progreso de la investigación o al secuestro de sustancias provenientes de los delitos previstos en la le%, recibir& una atenuación en la sanción, siendo 'ste el beneficio por su colaboración#.  or su parte, *arlos Enrique Ed+ards, define al colaborador efica como !aquella  persona a quien se le imputa cualquier delito referido a estupefaciente, % que  brinda a la autoridad udicial información significativa sobre la identidad de los autores, coautores, partícipes o encubridores del tr&fico ilícito de estupefacientes, o que permita el secuestro de sustancias, bienes, etc. ertenecientes a este tipo de delincuencia, benefici&ndose en la reducción o e-imición de pena!.  En el &mbito procesal penal o político criminal, /íctor 0oberto Andrade /alverde % 1hon% *arrión oma con motivo de la e-posición del *odigo rocesal enal 223 se4alan$ !El imputado se arrepiente de sus hechos % reconoce ante la autoridad haber participado en la comisión de un determinado hecho delictivo,  proporcionando información suficiente % efica a fin de que se llegue a prevenir o reprimir eficamente el delito#. 3 or otro lado, autores como 5illiam 6uiro conciben la colaboración efica desde la perspectiva de la política criminal, como la aportación de información valida de un evento delictivo !donde el informante ha%a intervenido como autor, coautor o  participe del ilícito#. 7 1 Baratta, Alessandro. “Criminología Crítica y crítica del derecho; introducción a la sociología jurídico penal”. Editorial Argentina .A. Buenos Aires, Argentina, !""#. p. !$%. ! Ed&ards, Carlos Enri'ue. “El Arrepentido, el agente encu(ierto y la entrega )igilada* modi+cación a la ley de estupeacientes”. Editorial A-/0C. Buenos Aires, Argentina. 12. 3. 1!#. 4 Andrade, 5íctor 6o(erto 7 Carrión, 8hony. “9ue)o Código 3rocesal 3enal; 3roceso por cola(oración e+ca:”. 3er. !""%. ese a que estas concepciones puedan revelar la esencia de la colaboración efica la cual es el arrepentimiento o colaboración con la autoridad para la dilucidación de un hecho delictivo, no contemplan otras manifestaciones de dicha institución  procesal por lo que resultan restrictivas o reduccionistas. or su parte, 8redd% 0oa sostiene que !se trata de un procedimiento de naturalea especial, distinta a los tradicionalmente conocidos, con caracteristicas singulares de inicio, tramitación, acuerdo % aprobación udicial mediante la e-pedicion de una sentencia udicial. *onstitu%e un nuevo procedimiento penal que responde a los fines de oportunidad % b9squeda de elementos de prueba en el esclarecimiento de delitos % de autores en el &mbito de la transacción penal, como un medio de lucha no convencional contra el crimen organiado#. : Este autor reconoce como fuente de esta institución al ;erecho remial como sustento o pilar de las políticas criminales modernas. *onsideramos esta 9ltima como la definición m&s precisa %a que contempla la institución procesal como un procedimiento no ordinario cu%o fin es el esclarecimiento de los delitos % como un mecanismo de la política criminal contra el crimen organiado. I.2. Antecedentes istóricos )? no obstante, su origen se remonta @en principio@ al antiguo ;erecho 0omano, en especifico, a los delitos de lesa maestad (establecidos en la "e- *ornelia de sicariis et veneficiis)% @posteriormente@ al ;erecho *anonico % *omunedieval. En esta ultima epoca, despues de sopesar los beneficios e inconvenientes de esta figura, los filosofos uristas ilustrados se pronunciaron en contrade premiar la delacion con beneficios penales, practica que %a era comun en # >uiro:, ?illiam. @!""%. a cola(oración e+ca: como estrategia política procesal contra el crimen en el 3er. 6e)ista 0+cial del 3oder 8udicial. p. !. $ 6ojas, redy. @DA. Alcances y Cuestiones enerales del 3rocedimiento Especial de Cola(oración E+ca: en el 9ue)o Código 3rocesal 3enal. -erecho 7 ociedad 4. p. $#$$. el Antiguo 0egimen de cara a los procedimientos seguidos ante el =ribunal de la Santa nquisicion. C es que, el debate se dilucida entre posiciones que discrepan respecto a si esta institucion uridica debe ser aplicada en un Estado de ;erecho cu%a finalidad es sancionar a los culpables por los delitos que cometan, respetando sus derechos al debido proceso % a la defensa? o @por el contrario@ seguir el pensamiento utilitarista de 1eremias Benthan para quien era < preferible la impunidad de uno de los complices que la de todos =, posicion que, como tambien lo advirtió el autor, conllevaria el riesgo de que fuese un invitacion al crimen % que, entre muchos criminales, el !m&s malo# no solo quedaria sin castigo, sino que podría ser  recompensado.D En algunos paises (de tradición anglosaonica % continental) %a habían antecedentes de figuras legales que se apro-imaban a la *olaboracion Efica, tal cual la conocemos ho% en dia. or eemplo, en talia se incorporo en su legislacion la figura procesal de !el pentiti#, la misma que hacia directa alusion al arrepentido, quien luego de abandonar la asociacion delictiva colaboraba con las autoridades  udiciales brindando datos que de forma oportuna le permitieran obtener pruebas incriminatorias en contra de los lideres % dirigentes de dichas organiaciones. Asi surgio la figura del delator quien a cambio de una ventaa o un beneficio admitia su culpabilidad % con su aporte colaboraba con los fines politicos criminales del Estado, en cuanto al desmantelamiento de redes criminales.  "a colaboracion efica ha encontrado arraigo en la tradicion norteamericana, la misma que se conduce con mecanismos procesales distintos a los de nuestra =radicion 1uridica. En dicha tradicion, podemos encontrar la figura del arrepentimiento del delator, cu%a colaboracion forma parte de una politica criminal ideada para combatir organiaciones delictivas mu% compleas, con una pluralidad de delincuentes cumpliendo roles definidos % con diversas erarquias. 2 0p. Cit. 3. 4%. F 3eGa, 6aul. @!"1!. os procesos penales especiales y el derecho penal rente al terrorismo. 3. #"$ or su parte, 5illiam Salaar 6uiro se4ala que$ !"a colaboración efica no es una institución nueva$ nació en la 'poca romana en función de la recompensa, % fue en talia donde tuvo un desarrollo legislativo como normatividad de emergencia frente al nacimiento, evolución % crecimiento de las diferentes organiaciones mafiosas#. > En nuestro pais el procedimiento de colaboracion efica se normativio mediante la "e% Fo 3> del G de diciembre de GGG, debido a la gran necesidad de desentranar la organiacion criminal en las altas esferas del poder politico, militar % económico acontecidos, entre los anos de 22G a GGG. En tal sentido, se tuvo como  punto de partida la investigacion de las mas altas autoridades del Hobierno de aquel regimen? a saber$ el e- residente, sus ministros, *omandantes Henerales de las 8ueras Armadas % oliciales % @sobre todo@ el asesor presidencial a cargo del Servicio de nteligencia Facional. /íctor 0oberto Andrade /alverde % 1hon% *arrion oma opinan que el  procedimiento de colaboración efica en el er9 es concebido como !una importación de la legislación Antiterrorista Espa4ola, taliana, Alemana, % *olombiana? % constitu%e una forma !Sui Heneris# de despenaliación, conocido en la doctrina como !;erecho enal remial# que descansa en la figura del arrepentido.#2 I.!. Princi"a#es caracter$sticas Se trata de un procedimiento especial distinto al proceso ordinario que regula la forma en que la persona imputada de un delito o que sufre condena puede obtener  determinados beneficios a cambio de que brinde información oportuna % efica para conocer la organiación delictiva, evitar los efectos de un delito, detener a los  principales autores o conocer a otra personas involucradas, recuperar el dinero mal habido, entre otros obetivos. Este procedimiento especial viene a ser como un mecanismo de simplificacion del  procedimiento, de conformidad con las nuevas corrientes doctrinarias, tiene su base % >uiro:, ?illiam. @!""%. a cola(oración e+ca: como estrategia política procesal contra el crimen en el 3er”. Editorial 6e)ista 0+cial del 3oder 8udicial. 3er. !""%. 3. 12"  Andrade, 5íctor 6o(erto 7 Carrión, 8hony. “9ue)o Código 3rocesal3enal; 3roceso por cola(oración e+ca:”. 3er. !""%. en el derecho procesal penal transaccional, cu%a finalidad es evitar un proceso regular largo e innecesario, bao someterse a un acuerdo con el 8iscal % obtener la reduccion de la pena, pero siempre con la aprobacion del 1ue de la nvestigacion reparatoria. G El proceso de colaboración efica es probablemente el procedimiento m&s detallado % cuidadoso, debido a los factores que est&n en uego. Estos cuidados que ha establecido el codificador est&n orientados a su correcta aplicación por parte de los operadores urídicos, toda ve que se correría el riesgo de procesar % hasta de condenar a un persona totalmente inocente, por ello que toda información que se  brinde a trav's de la colaboración efica debe ser corroborada con otros medios  probatorios. Sobre esto ultimo se puede discutir mucho, debido a que se han dado muchos casos de narcotraficantes que est&n condenados % quieren rebaar su pena %  para ello arman u organian desde donde se encuentren detenidos % a trav's de la gente que tienen en el e-tranero un pase peque4o de droga, en donde las personas que contratan (burriers) no est&n enterados en lo mas mínimo del montae debidamente planificado % claro el narcotraficante una ve organiado el pase de droga, solicita el beneficio de colaboración efica, mostrando un supuesto arrepentimiento % queriendo colaborar con la usticia, para despu's de ello, claro esta pedir su premio, el cual probablemente consistir&, tal como, lo había planificado en un aminoramiento de la pena impuesta. Esto no quiere decir que la colaboración efica no funcione, lo que pasa es que la aplicación requiere de una estrategia política de car&cter premial que prevenga  posibles filtraciones de agentes delictivos que desinforman o arman montaes. "a colaboracion se puede obtener de los propios delincuentes o de particulares en el sistema probatorio criminal. Establece retribuciones como beneficios udiciales o de proteccion a su favor. "a colaboración efica tiene dos manifestaciones seg9n sea la situación individual del arrepentido (confesión) o la responsabilidad de otros autores % participes arrepentidos (acusación de otro codelincuente). 1" 6ojas, redy. @DA. Alcances y Cuestiones enerales del 3rocedimiento Especial de Cola(oración E+ca: en el 9ue)o Código 3rocesal 3enal. -erecho 7 ociedad 4. p. $$. I.%. Princi"ios rectores "a colaboración efica satisface los siguientes principios$ Princi"io de eficacia "a información o elementos probatorios entregados deben ser importantes % 9tiles para la investigación. Princi"io de o"ortunidad "a colaboración debe ser prestada en forma oportuna para alcanar los fines de la le%. (permitir, conocer % capturar a los efes, conocer donde se encuentran los efectos de delito, las pruebas, oel dinero producto de la corrupción. Pro"orciona#idad El beneficio que se otorga debe medirse en relación a la colaboración a la colaboración efica % oportuna del solicitante. (se mide con precisión con el grado de colaboración con la usticia, para otorgar el beneficio que le corresponde). Co4"ro+ación "a información obtenida debe ser de verificación por la oportunidad fiscal (comprobar sus afirmaciones, con elementos probatorios). /or4a#idad ;ebe tramitarse con sueción a las normas preestablecidas cuidando que todo lo actuado conste en las actas respectivas. Contro# 5udicia# El fiscal dirige el procedimiento pero requiere la aprobación udicial. el ue eerce el control de legalidad sobre el acuerdo. Reoca+i#idad "os beneficios otorgados pueden ser revocados si el beneficiario incumple con las reglas impuestas por el ue en la sentencia. IV. TRATAMIENTO EN EL CODIGO PROCESAL PENAL PERUANO IV.1. Antecedentes legales En el 3er, el procedimiento de cola(oracion e+ca: se normati)i:o mediante la ey 9H !F4F% del !" de diciem(re de !""", de(ido a la gran necesidad de desentranar la organi:acion criminal en las altas eseras del poder politico, militar y económico acontecidos, entre los anos de 1" a !""". En tal sentido, se tu)o como punto de partida la in)estigacion de las mas altas autoridades del o(ierno de a'uel rIgimen.11 in em(argo, esta institución nacio con el -ecreto ey 9H !$# . ca(en destacar ademJs de la ley !F4F% , las leyes 9H !$#F$, !2!!", !24#$, !FF2$, !%""% K !%$". Lam(ien regulan su aplicación los -ecretos egislati)os $F y %F. En síntesis, procedimiento ha atra)esado por un proceso de cam(ios y modi+caciones. En la dIcada de los %" su aplicación esta(a restringido a los delitos de terrorismo en sus dierentes modalidades @ley !$#F$. /oy en dia es considerado como un procedimiento especial cuya tramitacion es diernte a la estructura del proceso penal ordinario pre)isto en el Codigo 3rocesal 3enal @C33 del !""#. 1! IV.2. Requst!s " c!ndc!nes IV.#. O$lgac!nes " $ene%c!s del c!la$!&ad!& e%ca' os (ene+cios premiales son los 'ue se mencionan en el inciso ! del articulo #F#o del 9C33, y se (rindaran teniendo en cuenta el grado de e+cacia o importancia de la cola(oracion con la entidad del delito y la responsa(ilidad por los hechos, de conormidad con el principio de proporcionalidad., siendo los siguientes* E(enc)n de la *ena e relaciona con los criterios generales del llamado perdon judicial. 3ara el magistrado 3rado aldarriaga, es una condena sin pena. Asi tam(ien, el 11 6ojas, redy. @DA. Alcances y Cuestiones enerales del 3rocedimiento Especial de Cola(oración E+ca: en el 9ue)o Código 3rocesal 3enal. -erecho 7 ociedad 4. p. $4. 1! >uiro:, ?illiam. @!""%. a cola(oración e+ca: como estrategia política procesal contra el crimen en el 3er”. Editorial 6e)ista 0+cial del 3oder 8udicial. 3er. !""%. 3. 12!. articulo 2%H del Codigo 3enal indica 'ue el 8ue: podra eMimir de sanción en los casos esta(lecido por ley. i la sentencia aprue(a este (ene+cio ordenara la li(ertad del (ene+ciado y dispondra la anulacion de sus antecedentes. Esto tam(ien procede en los casos de remision de la pena segun el inciso $ del articulo #FFo del 9C33. Ds+nuc)n de la *ena ,asta un +ed! *!& de$a-! del +n+! legal En este caso la re(aja no se de(e por'ue nos encontramos ante una atenuante o de(ido a una conesion sincera, esto se de(e por la inormacion (rindada por el cola(oradorcon la +nalidad de desarticular las organi:aciones criminales. a sancion se impondra siempre dentro de los terminos del acuerdo. Este (ene+cio t am(ien podra aplicarse acumulati)amente con la suspension de la ejecucion de la pena. $.4 uspensión de la ejecución de la pena. En otras legislaciones se le conoce con el nom(re de condena condicional. En nuestro Codigo 3enal esta esta(lecido en el articulo $Fo, para lo cual se re'uiere 'ue se cumplan con tres re'uisitos; i >ue la condena se re+era a pena no mayor de # anos, ii >ue la naturale:a, modalidad del hecho puni(le y la personalidad del agente hiciera pre)eer 'ue esta medida le impedira cometer nue)o delito, y iii >ue el agente no tenga la condicion de reincidente o ha(itual. Lam(ien hay 'ue senalar 'ue se encuentra sometido a una serie de reglas de conductas pre)istas en el articulo $%o del Codigo ustanti)o. $.# i(eración Condicional. Es una institucion reconocida por la gran mayoria de los ordenamientos penitenciarios y constituye la ase mas a)an:ada del tratamiento penitenciario; su concesion depende de la e)olucion a)ora(le del proceso de resociali:acion o readaptacion del interno. $.$ 6emisión de la pena para 'uien la estI cumpliendo. e aplica al condenado 'ue esta purgando o cumpliendo la pena 'ue se le ha impuesto, cortandosele la sancion y disponiendo su eMcarcelacion. 5iene a ser un premio dado al cola(orador sentenciado 'ue a cam(io de la eliminacion de su condena, (rinda )aliosa, util e importante inormacion para el desmem(ramiento de las organi:aciones criminales. $.2 Con)ersión de pena pri)ati)a de li(ertad por multa, prestación de ser)icios o limitación de días li(res. Este (ene+cio se menciona en el inciso 4 del articulo #F%o del 9C33 y de(e procederse de acuerdo a las e'ui)alencias pre)istas en el articulo $!o del Codigo 3enal. Adicionalmente cuando el cola(orador tiene mandato de prision pre)enti)a, el 8ue: podra )ariarlo por el de comparecencia. /ay algunos sujetos 'ue se encuentran prohi(idos a o(tener los (ene+cios de este procedimiento especial, como es el caso de los jees, ca(ecillas o dirigentes IV./. Relac)n c!n !t&as nsttuc!nes *&!cesales