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Reglamento Operación Invierno Cmdic

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COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 2 de 43 1 OBJETIVO Establecer las directrices y medidas de control generales que se deben aplicar durante los periodos invernales, Continental y Altiplánico, para garantizar la seguridad de las personas y la continuidad operacional de Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi SCM (CMDIC). 2 ALCANCE A todas las personas (trabajadores propios, contratistas, contratistas, visitas y otros) que se encuentran en: 1. Interior Faena Cordillera. 2. Exterior Faena Cordillera, tales como, trabajos de geología, exploraciones, hidrología, medio ambiente, aguas, proyectos, etc. 3. Ruta Externa (A-65/A-97) desde y hacia Garita Norte. 4. Mineroducto, líneas eléctricas y caminos adyacentes. Esto aplica durante las l as temporadas invernales que comprenden los siguientes periodos: Invierno Continental: Continental:   desde el 15 de Mayo hasta el 30 de Septiembre, o cuando sea definido por el Comité Operación Invierno (COI). Invierno Altiplánico: desde Altiplánico:  desde el 15 de Noviembre hasta el 30 de Abril, o cuando sea definido por el Comité Operación Invierno (COI). 3 RESPONSABILIDADES 3.1 Comité Operación Invierno La estructura organizacional del Comité Operación Invierno será responsable de liderar en forma transversal la Gestión de Riesgos del proceso, y estará conformada por las siguientes Vicepresidencias y Gerencias: GSSO SI Protección Industrial y Emergencias Emergencias - Jefe Emergencias Vicepresidencia Mina Pablo Letelier M. Vicepresidencia Procesos Hector Wong C. Gerencia Tranque, Aguas y Mineroducto Alex Barahona C. Gerencia Servicios Operacionales Iñigo Otondo R. Gerencia Recursos Humanos Gaetano Manniello G. Gerencia Servicio a las Personas Antonio Zarate D. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 2 de 43 1 OBJETIVO Establecer las directrices y medidas de control generales que se deben aplicar durante los periodos invernales, Continental y Altiplánico, para garantizar la seguridad de las personas y la continuidad operacional de Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi SCM (CMDIC). 2 ALCANCE A todas las personas (trabajadores propios, contratistas, contratistas, visitas y otros) que se encuentran en: 1. Interior Faena Cordillera. 2. Exterior Faena Cordillera, tales como, trabajos de geología, exploraciones, hidrología, medio ambiente, aguas, proyectos, etc. 3. Ruta Externa (A-65/A-97) desde y hacia Garita Norte. 4. Mineroducto, líneas eléctricas y caminos adyacentes. Esto aplica durante las l as temporadas invernales que comprenden los siguientes periodos: Invierno Continental: Continental:   desde el 15 de Mayo hasta el 30 de Septiembre, o cuando sea definido por el Comité Operación Invierno (COI). Invierno Altiplánico: desde Altiplánico:  desde el 15 de Noviembre hasta el 30 de Abril, o cuando sea definido por el Comité Operación Invierno (COI). 3 RESPONSABILIDADES 3.1 Comité Operación Invierno La estructura organizacional del Comité Operación Invierno será responsable de liderar en forma transversal la Gestión de Riesgos del proceso, y estará conformada por las siguientes Vicepresidencias y Gerencias: GSSO SI Protección Industrial y Emergencias Emergencias - Jefe Emergencias Vicepresidencia Mina Pablo Letelier M. Vicepresidencia Procesos Hector Wong C. Gerencia Tranque, Aguas y Mineroducto Alex Barahona C. Gerencia Servicios Operacionales Iñigo Otondo R. Gerencia Recursos Humanos Gaetano Manniello G. Gerencia Servicio a las Personas Antonio Zarate D. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 3 de 43 Será liderado por la Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional a través de la Superintendencia de Protección Industrial y Emergencias. Esta estructura representa la organización mínima necesaria para las reuniones y toma de decisiones en los periodos invernales; el COI se encuentra facultado para convocar otras Vicepresidencias y Gerencias que se estimen necesarias. Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional Ocupacional 1. 2. Planificar e implementar el Liderazgo, las comunicaciones y la toma de decisiones en toda la organización. Disponer y asegurar la utilización de los recursos necesarios para los periodos invernales. SI Protección Industrial y Emergencias: 1. 2. 3. Asegurar la coordinación y organización de las áreas de la Compañía y espacios geográficos de Faena Cordillera. Definir y establecer las áreas y/o procesos que deben tener procedimientos específicos para dar cumplimiento a los objetivos de este reglamento. Establecer las coordinaciones necesarias con Carabineros, Vialidad, Ministerio de Obras Públicas y otras instituciones, con el propósito de resguardar la seguridad de quienes transiten por la ruta de acceso a faena, organizando y coordinando las bajadas/subidas del personal. Jefe Emergencias Emergencias 1. 2. Revisar, actualizar y validar continuamente este reglamento. Participar en la elaboración, revisión, actualización y validación de los procedimientos específicos de las áreas, si amerita. 3. Establecer el desarrollo de actividades de acción y control para los periodos establecidos para cada invierno, y extensiones de cada uno o de ambos, si amerita. 4. Autorizar la circulación de los vehículos CMDIC y ESED al interior de faena que cuenten con el estándar establecido para el periodo invernal. 5. Verificar las condiciones meteorológicas en cada una de las áreas, Constituir el COI para decretar los estados de alerta correspondientes y la gestión de actividades dirigidas al control de riesgos en cada uno de los estados de alerta al erta de cada periodo invernal. 6. Acreditar y controlar que los proyectos de infraestructuras e instalaciones cumplan con las condiciones de ingeniería ingeniería mínimas para enfrentar los periodos periodos invernales. invernales. 7. Establecer actividades orientadas al conocimiento y difusión de este reglamento. 8. Preparar y entregar el material de difusión y capacitación acerca de este reglamento y verificar su cumplimiento en la Compañía. 9. Verificar el cumplimiento de las actividades operacionales, definidas por las áreas para evitar incidentes provocados durante los periodos invernales. 10. Proponer y gestionar proyectos de mejoramiento de sistemas y otros que definan las áreas o este Comité para cumplir los objetivos de este Reglamento. 11. Preparar y entregar un informe final de cada periodo. 3.2 1. 2. 3. 4. 5. Representantes Representantes del Comité: Asistir y participar en las reuniones del COI. Contribuir en las decisiones del Comité. Liderar las decisiones que competen a sus áreas. Dar cumplimiento a los acuerdos y decisiones comprometidas en el COI. Ante Pronóstico del Tiempo que indique probabilidad de mal tiempo, la Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional, a través de la Superintendencia de Protección Industrial y Emergencias, COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 4 de 43 organizará Turnos de Alistamiento para los periodos invernales a objeto de asegurar el liderazgo y la toma de decisiones durante los periodos. Estos turnos serán liderados por integrantes de la Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional. 3.3 1. 2. 3. 4. 5. Implementar el Procedimiento Específico de su área, si amerita. Implementar los estados de alerta conforme a lo descrito en el reglamento para cada periodo invernal. Representar a su área como miembro del COI en las reuniones de turno durante el fin de semana, cuando corresponda. Mantiene constante comunicación con el Representante del COI de su Vicepresidencia / Gerencia. Mantiene Registro en Bitácora de las alertas indicando hora de inicio y término, lugar, fecha y horario. 3.4 1. 2. 3. 2. 3. 2. 3. Vicepresidencia Procesos Planificar e implementar el Liderazgo, las comunicaciones y la toma de decisiones al interior de la Vicepresidencia en los periodos invernales. De ser necesario, asegurar la coordinación y organización de áreas independientes al interior de la Vicepresidencia en el sector geográfico que corresponda. Disponer y asegurar la utilización de los recursos necesarios para los periodos invernales al interior de la Vicepresidencia y en caso de ser necesario dada la condición meteorológica, poner a disposición de la organización. 3.6 1. Vicepresidencia Mina Planificar e implementar el Liderazgo, las comunicaciones y la toma de decisiones al interior de la Vicepresidencia en los periodos invernales. De ser necesario, asegurar la coordinación y organización de áreas independientes al interior de la Vicepresidencia en el sector geográfico que corresponda. Disponer y asegurar la utilización de los recursos necesarios para los periodos invernales al interior de la Vicepresidencia y en caso de ser necesario dada la condición meteorológica, poner a disposición de la organización. 3.5 1. Integrantes de las áreas que conforman el Comité (Vicepresidencias y Gerencias): Gerencia Tranque, Aguas y Mineroducto Planificar e implementar el Liderazgo, las comunicaciones y la toma de decisiones al interior de la Gerencia, a objeto de asegurar la información pertinente durante los periodos invernales para los distintos puntos geográficos donde se encuentran personas relacionadas a los procesos de la Gerencia. De ser necesario, asegurar la coordinación y organización de áreas independientes al interior de la Gerencia en el sector geográfico que corresponda. Para ello, dotar de recursos necesarios para la autonomía de los procesos en la administración de los estados de alerta que correspondan durante durante los periodos invernales. Disponer y asegurar la utilización de los recursos necesarios para los periodos invernales al interior de la Gerencia. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 5 de 43 3.7 1. 2. 3. 4. Disponer y asegurar la utilización de los recursos necesarios para los periodos invernales para toda la organización. Disponer del Equipo Técnico para lineamientos de Normas y Estándares y apoyo a decisiones operacionales de la organización, durante los periodos invernales. Salado de rutas internas, externas y aeródromo para asegurar la continuidad operacional. Definir previamente en un documento oficial de la Gerencia Servicios Operacionales las zonas críticas de acumulación de nieve con impacto a los procesos y la prioridad de despeje por parte del equipo Infraestructura así como los recursos que dicha área destinará a esta tarea y los tiempos que le tomará el despeje para eventos de intensidad baja, promedio y elevada. 3.8 1. 2. 3. Gerencia Servicios Operacionales Vicepresidencia Recursos Humanos Liderar y organizar las Comunicaciones de la Compañía ante eventos de mal tiempo en Faena Cordillera y Ruta Externa (A-65/A-97) desde y hacia Garita Norte. Liderar y organizar la toma de decisiones referidas a impactos y/o beneficios hacia las personas, producto de las condiciones meteorológicas. Asegurar la sustentabilidad de la plataforma de inducción online durante los periodos invernales, con alcance en trabajadores CMDIC y ESED. 3.9 Gerencia Servicios a las Personas 1. Asegurar la disponibilidad de recursos necesarios para los procesos de transporte internos, externos propios y de terceros. 2. Coordinar planes de contingencia para asegurar la habitabilidad de las áreas seguras para las personas al interior de Faena Cordillera. 3.10 Vicepresidentes 1. Autorizar y aprobar los recursos que permitan aplicar las directrices y medidas de control generales y específicas para cumplir el objetivo de este reglamento. 3.11 Gerentes 1. Solicitar los recursos que permitan aplicar las directrices y medidas de control generales y específicas, para enfrentar los periodos invernales. 2. Verificar que se efectúe el entrenamiento del personal bajo su cargo en relación al presente reglamento y a los específicos generados en su área. 3. Con el fin de reducir el impacto negativo de los periodos invernales, solicitar a su área identificar, cuantificar e implementar soluciones para reducir los “cuellos de botella” asociados a estos fenómenos, tanto en sus actividades como en las relacionadas con otras gerencias. 4. Participar en la elaboración del Procedimiento Específico de su área, si amerita, para enfrentar los periodos invernales, el que deberá validar con el COI. 3.12 Superintendente / Jefe de Departamento / Administrador de Contrato CMDIC y ESED 1. Planificar las acciones de control a ejecutar “antes, durante y después” de los periodos invernales, de acuerdo a lo establecido en el presente reglamento y los procedimientos específicos de su área. 2. Verificar el cumplimiento de las actividades establecidas en la planificación, informando a sus respectivas Gerencias, en coordinación con las otras gerencias relacionadas y el COI. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 6 de 43 3. Determinar y mantener las zonas seguras y protegidas para los periodos invernales, de tal forma de garantizar la seguridad para las personas y continuidad de la operación. 3.13 Supervisores 1. Capacitarse e informarse acerca de este reglamento y los específicos de su área en lo referente a los periodos invernales, de tal forma de Liderar las acciones que correspondan. 2. Difundir, instruir, capacitar y verificar el entendimiento de todo el personal a su cargo, de las disposiciones establecidas en este reglamento y los procedimientos específicos generados. 3. Educar en forma responsable e informar al personal acerca de los riesgos y los controles establecidos para su mitigación dentro del presente reglamento. 3.14 Trabajadores 1. Aplicar las disposiciones del presente reglamento y de los específicos generados por el área, según corresponda. 2. Informarse de manera responsable sobre las acciones que se tienen que tomar como personas y su entorno para reducir los riesgos asociados a los periodos invernales. 3. Durante eventos de periodos invernales actuar de forma responsable, manteniendo la calma, sin tomar acciones temerarias o alarmistas que lo pongan en riesgo tanto a él como a sus compañeros de trabajo, por ejemplo; fumar, sacar fotos o videos en exteriores. 4. Tener a disposición ropa térmica, EPP adecuados y todos los elementos que se requieran durante los periodos invernales, independiente del estado de alerta. 5. Utilizar durante todo el periodo invernal la ropa térmica correspondiente, especialmente en los cambios de turno para subida y bajada de faena en todo tipo de vehículos (Camioneta, VAN, Buses). 6. Solicitar la aclaración de toda duda o no entendimiento de lo establecido en este reglamento. 7. En caso de emergencia o condición extrema en que una persona se encuentre a la intemperie durante tormentas eléctricas, y/o expuestos a bajas temperaturas y vientos fuertes se deberán seguir las recomendaciones indicadas en anexo 2. 8. Los trabajadores que se encuentren bajo tratamiento médico deberán contar con medicamentos suficientes para el transcurso del turno y al menos una semana adicional a este. 3.15 De los conductores 1. Deberá contar con autorización vigente para conducir acorde a la Ley del Tránsito 18.290 y el Reglamento Interno de Tránsito CMDIC. 2. Todo conductor debe contar con los conocimientos y entrenamiento para la operación invierno, el que será certificado por el organismo técnico designado por el COI. 3. Protección Industrial podrá verificar estas certificaciones en cualquier momento y lugar de faena cordillera. 4. Los conductores que no cuenten con la certificación en el manejo de invierno, deberán utilizar el transporte regular que dispondrá la Compañía. 5. Es obligación de todos los conductores que requieran subir a faena cordillera o se encuentren en ella, consultar con central Collahuasi acerca del estado de las Rutas y las condiciones de alerta. 6. Deberá asegurarse que el vehículo reúna las características de acuerdo al Reglamento Interno de Tránsito, el presente reglamento y lo que se requiera para asegurar el buen desempeño en la ruta. 7. Deberá poner especial atención en el estado de los neumáticos del vehículo. 8. Los conductores deberán aplicar buenas prácticas de conducción en Caminos de Invierno y tener en consideración lo estipulado en la Ley de Tránsito 18.290, artículos 108/113/144/167, todo ello indicado en anexo 3. 9. Los conductores deberán verificar que el vehículo cuente con la caja de invierno y los materiales correspondientes. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 7 de 43 3.16 Del personal de Protección Industrial 1. Patrullar rutas internas y externas informando a Central Collahuasi de las condiciones en que estas se encuentran. 2. Concurrir a todo accidente o incidente durante los periodos invernales estableciendo los métodos, protocolos y recursos de actuación correspondientes. 3. Aislar el sitio del suceso. 4. Efectuar Cortes de ruta o caminos internos. 5. Trabajar en forma coordinada con Carabineros de la Tenencia Ujina respecto de la Ruta A65 y A97. 6. Efectuar controles de transito ruta interna, con especial atención en los conductores respecto de sus capacitaciones, certificaciones, requisitos y autorizaciones para conducir durante los periodos invernales. 7. Efectuar controles de transito ruta interna acerca de implementaciones y/o equipamientos de los vehículos conforme al presente reglamento. 8. Controla la capacitación y certificación a los conductores para los periodos invernales. 9. Controla la certificación y empadronamiento de los vehículos para los periodos invernales. 3.17 Área Emergencias 1. Concurrir a todo accidente o incidente durante los periodos invernales estableciendo los métodos, protocolos y recursos de actuación correspondientes. 2. Rescate de personas aisladas o producto de accidentes durante los periodos invernales. 3. Monitoreo de rutas internas y externas. 4. Efectuar capacitación y certificación a los conductores para los periodos invernales. 5. Efectuar revisión, certificación y empadronamiento de los vehículos para los periodos invernales. 3.18 Servicio Medico 1. Concurrir a todo accidente o incidente durante los periodos invernales estableciendo los métodos, protocolos y recursos de actuación correspondientes. 2. Asegurar las capacidades para atender emergencias asociadas a exposición a bajas temperaturas. 3.19 1. 2. 3. 4. 5. 4 Cada Vicepresidencia / Gerencia encargado del mantenimiento de instalaciones (estacionamientos, vías de acceso peatonal, lugares de tránsito espacios comunes, edificios industriales, etc.). Salado de vías de acceso peatonal y estacionamientos de las distintas áreas. Mantener despejadas vías de acceso peatonal y estacionamientos Limpieza de techumbres y/o aislar zona de riesgo de caída de hielo. Mantener suministro de agua potable y servicios sanitarios en las instalaciones. Mantener los sistemas de calefacción mínima necesaria para las instalaciones, implementado Plan B según sea necesario. DEFINICIONES Anexo 1. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 8 de 43 5 NORMAS, EQUIPOS Y MATERIALES 5.1 Sobre Normas de Ingeniería Para el caso del periodo invernal altiplánico, los Diseños de Protección Contra Rayos en Zonas de estacionamientos y vías de acceso peatonal deberán cumplir al menos con la Norma EN 62305 – 1 a 4 de la Comunidad Europea. Ver Anexo 5. 5.2 Sobre los Sistemas, equipos e instalaciones Para la detección.     Detectores de Rayos Detectores personales y fijos Estaciones Meteorológicas Medidores de Campo Eléctrico Para protección.      Zonas Protegidas y Seguras Pararrayos Sistema de Cables de Pararrayo Mallas a tierra Estructuras 5.3 Sobre los Vehículos y Ocupantes 5.3.1 Vehículos Los vehículos que transitan hacia/desde y dentro de Faena Cordillera Collahuasi, deben estar en perfectas condiciones de funcionamiento. Además, de lo señalado en el Reglamento Interno de Tránsito de Collahuasi, especial atención se debe prestar a: 5.3.2 Equipamiento vehículos periodo invernal a. b. c. d. e. Cadenas para nieve, hielo y sus correspondientes tensores; ver anexo 4. Triángulos, Botiquín, extintor según exigencia legal (ley de tránsito). Estanque de combustible a su máxima capacidad. Neumáticos en óptimas condiciones para los periodos invernales; ver anexo 4. Caja Invierno para portar materiales con candado y llaves que tendrá el conductor del vehículo con los siguientes elementos: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. Juego de cadenas, guantes y saco. Juego herramientas (destornillador y alicate). Linterna operativa, Fósforos y/o Encendedor. Pala, frazada y/o Saco de Dormir. Eslinga de mínimo 3 metros de largo y capacidad mínima de tiro de 3 toneladas lineal. Bolsa aproximadamente de 3 Kg con sal o arena. Escobilla para limpiar Nieve y Espátula para sacar hielo de parabrisas. Colas antiestáticas o cadenas metálicas (Ver Anexo 6: Resolución Numero 1: Cadenas y Colas Antiestáticas). Esta caja se someterá a verificación permanente durante los periodos invernales. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 9 de 43 f. Ración de alimentos; este elemento se indica en calidad de RECOMENDACIÓN y no con carácter de obligatorio. Todas las operaciones de remolque deberán ser realizadas conforme a lo establecido en el Reglamento Interno del Tránsito. 5.3.3 Consideraciones Específicas para cada Periodo Invernal: A. Invierno Continental: Transitarán sólo los vehículos autorizados por cada gerencia y que cuenten con el equipamiento exigido para operar en alerta 1, 2 y 3 el cual estará identificado a través de logo respectivo. Además de los sellos que serán adosados en licencias internas de todos aquellos conductores certificados en Operación de Invierno. Todos los vehículos autorizados para transitar en alerta 1, 2 y 3 deberán portar Mapa de Puntos de Seguridad, Control y Vías Alternativas; ver Anexo 10. Vehículos de la Operación Invierno autorizados para transitar en Alerta 4 en rutas internas de faena cordillera:    Emergencias y Equipo Médico Protección Industrial Limpieza y mantenimiento de caminos Deberán:  Portar su baliza estroboscópica encendida. Los vehículos deben contar con la autorización para transitar en alerta 4, Logo  entregado por la Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional. Nota:  los procesos de certificación de vehículos y conductores realizados el año 2015, se mantendrán vigentes durante el periodo 2016 y deberán someterse a un proceso de verificación que será liderado por cada Gerencia; este proceso, se iniciará a partir de la vigencia de este Reglamento y partir del 15 de Mayo del presente periodo los vehículos y conductores podrán ser fiscalizados por el Área de Protección Industrial para constatar su cumplimiento. Para ello, cada vehículo deberá portar una Declaración de Revisión y Cumplimiento del Equipamiento Periodo Invernal detallado en el punto 5.3.2., firmado por Conductor y Gerente de Área / Administrador de Contrato CMDIC, según corresponda a CMDIC / ESED. Ver Anexo 11. A su vez, los conductores deberán portar Licencia Interna de Conducir con Logo distintivo acerca de la realización de Curso Conducción a la Defensiva ante Condiciones Climáticas Adversas y Postura de Cadenas, lo que podrá ser fiscalizado en los controles de Ruta. Para todos los vehículos y conductores que requieran realizar los procesos antes descritos a través de la Brigada Profesional de Emergencias, se mantendrá calendario programado para el periodo y que será comunicado a partir de la entrada en vigencia del presente Reglamento. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 10 de 43 B. Invierno Altiplánico: Todo el personal que se encuentre al interior de los vehículos durante alerta naranja y roja, deberá utilizar al menos casco de seguridad, protector auditivo y antiparras. 6 DESCRIPCION DEL PROCESO 6.1 Actividades a Desarrollar Previo a los periodos invernales 1. El COI mantendrá un seguimiento continuo de las actividades que se deben desarrollar en los periodos invernales y las acciones de difusión y capacitación necesarias. 2. El Equipo de Respuesta a las Emergencias conformado por el Servicio Médico, Brigadas de Emergencia y Protección Industrial de CMDIC, verificarán el estado, disponibilidad y operación de los equipos, materiales, e instrumentos a utilizar en casos de emergencia. 3. La Gerencia de Servicios Operacionales, revisará y asegurará el buen estado de los caminos y rutas alternativas, dispondrá el suministro de recursos y equipos necesarios para mantener la continuidad operacional (rutas calientes), y verificará la condición de zonas protegidas y seguras respecto a infraestructura e instalaciones existentes y otras que se implementen en proyectos de desarrollo. 4. El COI debe gestionar la construcción y mantenimiento de los sistemas de protección contra tormentas eléctricas y la instalación y mantenimiento de los sistemas de protección para los periodos invernales, tales como, seguridad vial, higiene, confort y alimentación en los lugares seguros e instalaciones. 5. El COI debe gestionar el mantenimiento y la adquisición de nuevos equipos de detección de rayos y tormentas eléctricas, los recursos y/o necesidad de nuevos equipos para la operación normal de caminos, rutas alternativas y aeródromo. 6.2 Actividades a Desarrollar Durante los periodos invernales 6.2.1 Difusión y Conocimiento La difusión de este reglamento y de los procedimientos específicos y en general la instrucción sobre los riesgos presentes en los periodos invernales, debe ser gestionada por cada Gerencia en forma continua e incorporada en el Ciclo de Gestión de Riesgos. Los Supervisores deberán verificar permanentemente que todo el personal bajo su responsabilidad, esté instruido y haya comprendido las directrices de este reglamento y de los específicos en caso que corresponda. La Vicepresidencia de Recursos Humanos junto a la Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional (GSSO) brindarán los apoyos necesarios para cumplir con los requerimientos de capacitación y entrenamiento del presente reglamento. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 11 de 43 La comprensión del trabajador debe considerar como mínimo los conceptos que se señalan a continuación para cada periodo invernal: 6.2.1.1 I. Invierno Continental Zonas Seguras. Se consideran zonas seguras las instalaciones y/o vehículos que cumplan con condiciones mínimas de habitabilidad, suministro de agua, iluminación, calefacción, alimentación y comunicaciones en forma suficiente para que el personal se mantenga al interior de ellos en los distintos estados de alerta. Para los fines de este reglamento, se consideran dos tipos de zonas seguras:   Transitorias, son lugares que permiten permanecer en ellos por un periodo de al menos 24 horas (1 noche). Ejemplo: vehículos. Permanentes, son lugares que permiten permanecer en ellos por periodos prolongados (superior a 24 horas). Ejemplo: instalaciones, oficinas, salas de control o contenedores, debidamente habilitados para que permanezcan trabajadores con seguridad, y ante periodos de mal tiempo prolongado sin comprometer la integridad física de éstos. Cada Vicepresidencia / Gerencia debe asegurar la implementación de zonas seguras de las ESED a cargo. Implementación de las zonas seguras Las áreas deben definir la capacidad mínima que requieren según sus necesidades operacionales y de emergencia. Las zonas seguras deberán contar al menos con los siguientes elementos:     Frazadas, linternas, pilas, colchonetas y/o colchones inflables, cocinilla con balón de gas. Elementos de Primeros Auxilios. Ración de alimentos (ver cuadro), Energía y Calefacción. Equipo de Comunicaciones. Cada Vicepresidencia / Gerencia debe asegurarse de que los elementos se encuentren en correcto funcionamiento y en cantidades suficientes para la dotación estimada. El siguiente cuadro muestra la ración de alimentos recomendada para camionetas: RACION DE ALIMENTOS LISTA DE PRODUCTOS Tarro Chocolate / Milo (125 gr) STOCK DE INVIERNO CAMIONETA 1 Frutos secos (100 gr) 1 Galletones 6 Sopa para Uno 6 Azúcar (bolsita de 6 gr) 16 Te / Café (bolsita de 2 gr) 16 Vasos 4 Agua (1.6 litros) 6 COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 12 de 43 II. Bolsa de Basura 1 Tarro Leche Condensada 2 Jurel / Atún (170 gr) 2 Caja de Cartón 1 Estados de Alertas Están destinadas a planificar las acciones diarias y semanales para controlar los riesgos asociados a las personas y facilitar la continuidad operacional. a. Alerta 1 (Azul): Temporada de Invierno Continental. Período comprendido entre el 15 de Mayo y el 30 de Septiembre, o cuando sea definido por el Comité Operación Invierno. i. Tránsito de personal: Desplazamiento libre, con precaución y utilizando Ropa Térmica y el Elemento de Protección Personal (EPP) respectivo y con medios de comunicación. ii. Tránsito vehicular: Libre para los vehículos con equipamiento operación invierno. iii. Ingreso a faena: sin restricciones. b. Alerta 2 (Amarilla): Pronóstico Meteorológico de Frente de Mal Tiempo. Pronostico que indica el riesgo de frente de mal tiempo afectando a faena cordillera, para permitir a los procesos realizar la planificación diaria y semanal. Probabilidad de viento fuerte, baja temperatura, nieve, cellisca, hielo y visibilidad reducida. Esta es una alerta de acciones preventivas. i. Tránsito de personal: Desplazamiento libre, con precaución y utilizando Ropa Térmica y Elemento de Protección Personal (EPP) respectivo y con medios de comunicación. Personal de cada Vicepresidencia / Gerencia encargado del mantenimiento de instalaciones, iniciarán el salado y/o despeje de vías de acceso peatonal y estacionamientos de las distintas áreas. Además, deberán asegurar la limpieza de techumbres y/o aislar zona de riesgo de caída de hielo, mantener suministro de agua potable, servicios sanitarios y los sistemas de calefacción mínima necesaria. ii. Tránsito vehicular: Libre para los vehículos con equipamiento operación invierno y certificación correspondiente. iii. Ingreso y Retiro de faena: Se reprograman visitas conforme a la naturaleza de las actividades que se realizarán, especialmente las relacionadas a trabajos fuera de rutas principales. Las áreas deberán coordinar el retiro de las visitas que se encuentren en faena. c. Alerta 3 (Naranja): Condiciones Meteorológicas de mal Tiempo en la Zona. El pronóstico meteorológico señala mal tiempo persistente en la zona. Nevadas de mediana intensidad, ventiscas (viento mayor a 70 kph), visibilidad inferior a 200 m, parches de hielo en carpetas de rodado y/o acumulación de nieve sobre la carpeta de rodado menor a 4 cm. i. Tránsito Personal: Restringido. Todos los trabajos a la intemperie en sectores fuera de rutas principales, los que se realizan en altura e izamiento o los que no sean críticos para la continuidad operacional se suspenden y el personal deberá dirigirse a los lugares seguros transitorios ó permanentes. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 13 de 43 En caso que se requiera ejecutar trabajos a la intemperie para mantener la continuidad operacional o actividades de emergencia, deberá estar provisto del EPP respectivo y sistema de comunicación conforme a la naturaleza de las actividades que se realizarán. Estos trabajos deberán ser solicitados por el Gerente del Área y autorizados por el COI. ii. Tránsito vehicular: Transitan sólo los vehículos autorizados por cada gerencia y que cuenten con el equipamiento exigido para operación invierno. Tanto vehículos como conductores deberán contar con la certificación correspondiente. iii. Ingreso a faena: Restringido. Sólo con autorización del Líder COI. iv. Retiro de faena: Restringido. Sólo se realizará cuando lo autorice el Líder COI y defina la forma en que se llevará a cabo. v. Trabajos con explosivos: Se deberá tener presente lo estipulado en el Reglamento de Seguridad Minera, enmarcado en el D.S. Modificado N° 132 y el procedimiento específico de la Vicepresidencia Mina. d. Alerta 4 (Roja): Condiciones Meteorológicas de mal Tiempo Severo en la Zona. Condiciones meteorológicas severas en faena, nevadas intensas, (sobre 4 cms), hielo extensivo sobre la carpeta de rodado, vientos fuertes (mayor a 80 kph), viento blanco visibilidad menor a l os 100 m. Esta alerta incluye el periodo post - mal tiempo que corresponde al tiempo necesario para la recuperación de rutas, caminos y vías de acceso a los puestos de trabajo respectivos y campamentos. i. Tránsito Personal: Se suspenden labores en terreno y desplazamiento de trabajadores. El personal debe permanecer en las zonas seguras y mantenerse al interior y a la espera que el COI informe nuevo estado de alerta según corresponda. Sólo está autorizado para transitar el personal de emergencias, servicio médico, protección industrial, limpieza y mantenimiento de caminos y aquellos identificados como críticos y autorizados por el COI para la continuidad operacional. ii. Tránsito de vehículos y equipos: Restringido. Podrán transitar sólo vehículos y equipos autorizados por el COI para mantener la limpieza de rutas y caminos, vehículos de emergencia, protección industrial y aquellos identificados como críticos y autorizados por el COI para la continuidad operacional. iii. Acceso y Retiro de personas de faena y Cambios de Turno: Restringido. El COI autorizará conforme a las indicaciones del equipo técnico desplegado en terreno que verificará las condiciones seguras de la Ruta, en permanente coordinación con las autoridades pertinentes. 6.2.1.2 I. Invierno Altiplánico Efectos de los Rayos: Las personas o bienes que se encuentren en zonas no protegidas de descargas eléctricas atmosféricas, pueden sufrir accidentes con lesiones y/o daños a la propiedad. Los lugares más expuestos a la caída de rayos, son al menos:   Cierres metálicos perimetrales. Escaleras metálicas externas. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 14 de 43      II. Vertientes y Bofedales grandes. Espacios abiertos. Correas Transportadoras. Ductos metálicos en zonas abiertas. Acopios de minerales. Distribución de Sectores en Faena Cordillera durante Tormentas Eléctricas. CMDIC en Faena Cordillera tiene identificado y segmentado los sectores geográficos de influencia para los casos de tormentas eléctricas, con responsables asignados por sector correspondiente. a. Sector Garita Norte: Control Acceso Norte, Salar de Coposa. b. Sector Aeródromo: Torre de control, estacionamiento, pista de aterrizaje y despegue. c. Campamentos: Edificio y Estacionamientos VPO, Hotel Pabellón del Inca, Estación Copec y Brigada de Rescate, Policlínico Coposa ,Campamento Pioneros, Casino Pioneros, Policlínico Pioneros, Plantas de tratamiento de aguas, Bombas Booster km.17 ruta interna. d. Sector Ujina: Área concentradora Ujina, Área chancado y correas Ujina, Bodega central, Oficina proyectos, Copec Ujina, Plataforma ESED, Área lixiviación Ujina, Área co-generadora, Tranque relaves, Michincha. e. Sector Rosario: Chancado Rosario, Área mina Rosario, Garita Centro. III. Uso de Equipos Portátiles En trabajos de exploración y/o trabajos a la intemperie, las gerencias involucradas deben utilizar detectores portátiles con personal entrenado en el uso, operación e interpretación de los equipos. IV. Zona Segura Corresponde a lugares que por sus características estructurales una persona puede realizar actividades normales con riesgo bajo de ser afectada por Tormentas Eléctricas (Rayos, Niebla, lluvia o Granizo), tales como:    Edificios o instalaciones cerradas con sistemas de Protección contra Rayos. Instalaciones metálicas con sistemas de Protección contra Rayos. Cabinas de Vehículos Mayores como Palas, Camiones y Perforadoras. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 15 de 43 V. Zona Protegida Corresponde a Áreas que cuentan con Sistemas de Protección contra Tormentas Eléctricas conforme a las normas de ingeniería correspondientes, siendo cada Gerencia responsable de la gestión de identificación, evaluación y autorización correspondiente. En estas áreas las personas pueden realizar actividades limitadas con un nivel bajo de exposición al riesgo temporal, por ejemplo, estacionamientos y vías de acceso peatonal. VI. Zona Intemperie Corresponde a lugares abiertos o alejados de las zonas de influencia definidas anteriormente (zona segura y zona protegida). Nota: Este reglamento tiene por objetivo que ningún trabajador se encuentre lejos de una zona segura o protegida durante una Tormenta Eléctrica, por lo anterior se requiere de las distintas Gerencias programar sus actividades para lograr este objetivo. Nota:   Ver Anexo 7: Resolución Numero 2: Zonas Seguras - Protegidas – Infraestructura. Ver Anexo 8: Resolución Numero 3: Interior de Vehículos y Zonas Seguras. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 16 de 43 VII. Estados de Alerta Están destinadas a planificar las acciones de mediano y largo plazo para controlar los riesgos asociados a las personas y facilitar la continuidad operacional. a. Alerta 1 (Azul):  Temporada de Tormentas Eléctricas. Período comprendido entre el 15 de Noviembre y el 30 de Abril, o cuando sea definido por el Comité Operación Invierno. Se limitan los trabajos o actividades a la intemperie o zonas alejadas entre las 12:00 y 18:00, cada Gerencia será responsable de definir las actividades posibles de realizar y las que serán limitadas, en horas donde la experiencia en CMDIC muestra que hay mayor incidencia de Tormentas Eléctricas. b. Alerta 2 (Amarilla): Pronóstico Meteorológico de Tormentas Eléctricas. Pronostico que indica el riesgo de Tormenta Eléctrica en faena cordillera, para permitir a los procesos realizar la planificación de mediano y largo plazo. Se reprograman actividades y en especial las críticas, con el fin de disminuir afluencia de personas en zonas Intemperie. Cada Gerencia será responsable de definir las actividades posibles de realizar y las que serán reprogramadas, por riesgo de Tormentas Eléctricas. c. Alerta 3 (Naranja): Aproximación de Tormenta Eléctrica en un Área Específica. Se confirma la proximidad de tormenta eléctrica en un área específica de faena, las actividades se restringen conforme a los Procedimientos Específicos de cada Área. En este caso se permitirá el desplazamiento de personas dentro de estacionamientos o aeródromo, solo para abordar o salir de vehículos con el fin de dirigirse a lugares más seguros, siempre que la zona cumpla con las normas de ingeniería para este efecto y las cuales serán debidamente certificadas por el COI y las Gerencias respectivas. Nota: importante considerar los procedimientos específicos de cada área y sus medidas de control. d. Alerta 4 (Roja): Tormenta en el Lugar. Se registran rayos, lluvia intensa y/o granizos en el lugar. Sólo se pueden realizar actividades autorizadas en zonas seguras, previamente identificadas, evaluadas y autorizadas por el COI. No se permite el desplazamiento de personas mientras la nube de tormenta no se retire de l a zona y esta quede bajo Alerta Naranja o Amarilla. Las personas se tendrán que mantener dentro de los vehículos menores u avión, mientras se encuentre en alerta roja. En todo trabajo que se realice a la intemperie se debe contar con una radio frecuencia en terreno, un detector de rayos y la autorización correspondiente. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 17 de 43 6.2.2 Pronóstico del Tiempo La Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional, a través de la Superintendencia de Protección Industrial y Emergencias, durante los periodos invernales, emitirá un pronóstico meteorológico basado en la red meteorológica de la compañía y orientado a la seguridad de las personas y la continuidad operacional. Este pronóstico se distribuirá cada 24 horas por medio email a todos los trabajadores y empresas colaboradoras. Central Collahuasi emitirá radialmente los cambios de alertas y mantendrá la información oficial del estado de éstas. 6.2.3 Acciones de Comunicación Durante los Periodos Invernales Es importante atender lo señalado en el Anexo 9: Cuadro de Activación de Estados de Alerta Operación Invierno, para entender de que manera se activan los estados de alerta, a través de que medios, quienes toman las decisiones y porqué, y las acciones generales que aplican y que todos los trabajadores deben conocer y aplicar en los periodos invernales. 6.2.3.1 Invierno Continental: El medio oficial para todas las comunicaciones correspondientes al periodo, será Central Collahuasi, puntos informativos Tambillo y KM 99 y/o personal autorizado. Anexo 9: Cuadro de Activación de Estados de Alerta Operación Invierno Continental. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 18 de 43 6.2.3.2 Invierno Altiplánico La Central Collahuasi sólo tiene la responsabilidad de informar vía radial el estado de alerta asociado a las condiciones meteorológicas en Faena Cordillera, siendo los Responsables de cada Sector Geográfico los que tienen que establecer los distintos estados de alerta y luego informar a la Central para difusión en la Faena. Los Medios de Comunicación Oficial durante los periodos invernales, corresponden a:     Comunicados vía email. Radios de Comunicación – Central Collahuasi. Semáforos de alerta. Pantallas informativas. Anexo 9: Cuadro de Activación de Estados de Alerta Operación Invierno Altiplánico. 6.2.4 Equipo de Respuesta a las Emergencias (Brigadas Protección Industrial)   Equipo Médico – – 1. Asegurar los recursos necesarios para responder a las emergencias durante los periodos invernales. 2. Verificar periódicamente que el personal cuente con las capacidades y medios para atender las emergencias durante los periodos invernales. 3. Verificar estado de los equipos y vehículos de emergencias. 4. Implementar lo establecido en sus procedimientos específicos para los distintos estados de alerta de los periodos invernales. 6.2.5 Accidentes En caso de ocurrencia de un accidente con lesiones a personas y/o daños a la propiedad durante estados de alerta naranja y/o roja, en cualquiera de los periodos invernales, se establecen las siguientes disposiciones: 1. El área afectada y el Equipo de Respuesta a las Emergencias coordinarán las acciones necesarias para las labores de respuesta y adecuada atención de o los lesionado (s). COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 19 de 43 2. Solo se autorizará el ingreso al sector al personal estrictamente necesario del Servicio Médico, Brigada de Emergencia, Protección Industrial y Supervisores del área afectada. 3. Si los daños afectan solamente a equipos o instalaciones no críticas, ingresará al área sólo la Brigada de Emergencias. Para los restantes estado de alerta, en cualquiera de los periodos invernales, se aplicarán los procedimientos vigentes de respuesta a Emergencias. 6.3 Actividades a Desarrollar al término de los Periodos Invernales El Comité debe realizar una evaluación general del sistema que considere: 1. Análisis de la aplicación del presente reglamento y de los procedimientos específicos de cada área y en el caso que corresponda incorporar las mejoras pertinentes. 2. Análisis, revisión y mantenimiento de los equipos e instrumentos para determinar su funcionalidad y determinar en el caso que corresponda el análisis de falla y reparación. 3. Analizar el comportamiento de las personas durante el periodo y determinar las medidas correctivas adecuadas. 4. Informe estadístico que refleje datos relacionados con número de días con alertas, incidentes, pérdidas de producción y otra información que se considere relevante. 6.4 Generación de Procedimientos Específicos Los procedimientos específicos generados según sean requeridos en cada área de CMDIC y ESED, deben considerar los lineamientos establecidos en este reglamento y determinar a partir de los mismos las disposiciones específicas aplicables a sus características operacionales. 7 REGISTROS No aplica. 8 REFERENCIAS                Política de Seguridad y Salud Ocupacional de Compañia Minera Doña Inés de Collahuasi SCM. Norma OHSAS 18.001:2007, Requisito 4.4.7. Decreto Supremo N° 72 Mod. 132 Art 75. Norma ISO 14.001:2004. Reglamento Interno de Higiene y Seguridad. Reglamento Interno de Tránsito. Estándares de Prevención de Fatalidades 1 y 2. Manual del Sistema de Gestión de Emergencias y Crisis. Ley de Transito18. 290. Normas EN 62305-1 a 4, 2006. Lightning Physics and Effects, Rakov V. y M. Uman, 2006, 687 p. The Art and Science of Lightning Protection, M. Uman, 2010, 240 p. All About Lightning, M. Uman, 1986, 167 p. How Dangerous is Lightning?, Bouquegneau C. y V. Rakov, 2010, 135 p. Procedimiento Plan de Reducción de Tiempos de Normalización de Instalaciones Eléctricas Afectadas por Contingencia Climática. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 20 de 43 9 ANEXOS            Anexo 1: Definiciones del Reglamento Operación Invierno CMDIC. Anexo 2: Recomendaciones para los trabajadores en los periodos invernales. Anexo 3: Buenas Prácticas de Conducción y Artículos 108 / 113 / 144 / 167 de la Ley de Transito 18.290. Anexo 4: Cadenas para neumáticos de vehículos. Anexo 5: Protección Externa Contra Rayos. Anexo 6: Resolución Numero 1: Cadenas y Colas Antiestáticas. Anexo 7: Resolución Numero 2: Zonas Seguras - Protegidas – Infraestructura. Anexo 8: Resolución Numero 3: Interior de Vehículos y Zonas Seguras. Anexo 9: Cuadro de Activación de Estados de Alerta Operación Invierno. Anexo 10: Mapa de Puntos de Seguridad, Control y Vías Alternativas. Anexo 11: Declaración de Revisión y Cumplimiento del Equipamiento Periodo Invernal. 10 CONTROL DE CAMBIO Modificación N° N° de versión Descripción Fecha Responsable del cambio N/A N/A N/A N/A N/A COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 21 de 43 Anexo 1: Definiciones del Reglamento Operación Invierno CMDIC Ruta Principal: Ruta alternativas secundarias: Vías de acceso a las Áreas de Ujina y Rosario con carpeta de rodado de asfalto. Caminos que se desprenden de las Rutas Principales, normalmente con carpeta no asfáltica. Concepto normalmente utilizado por el área de caminos que guarda relación con mantener la operación continua de la Ruta y con ello impedir la acumulación de nieve sobre la carpeta de rodado. Caminos de acceso Vía pública de acceso a faena cordillera (rutas A-65/A-97). a Garita Norte: Rutas Calientes: Área Común: Vehículo Livianos: Tormentas Eléctricas Son todos aquellos tramos peatonales, descanso y estacionamientos para llegar o salir a faena, acceder a las áreas de operación, casinos o descanso. Son todos aquellos vehículos con una capacidad de carga máxima de 3.500 Kg., que no tienen relación directa con la producción ni el manejo de materiales, tales como camionetas, automóviles, furgones, y vehículos similares. Son fenómenos atmosféricos que se caracterizan por fuertes vientos, lluvia y/o nieve intensa de corta duración (chubascos), granizos, truenos y rayos. Período de Tormentas Eléctricas: a) Ciclo Anual: El período de tormentas eléctricas se encuentra entre los meses de Noviembre y Abril, pero es durante los meses de Enero y Febrero, donde se alcanzan las mayores intensidades. b) Ciclo diario: Dado que las Tormentas Eléctricas están íntimamente relacionadas con la radiación solar, estas se observan principalmente entre las 12:00 AM Y 18:00 PM. Durante este período y mientras dure la temporada de Tormentas Eléctricas las actividades a la intemperie deberán someterse al procedimiento transversal y los específicos de cada área. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 22 de 43 Figura 4: Ciclo diario de Tormentas Eléctricas observadas en zona de Rosario-Ujina. Rayo El rayo es una descarga electrostática, producida en nubes de gran desarrollo vertical (cumulunimbus) que cuentan con hielo en su interior. La descarga eléctrica (rayo) es acompañada por la emisión de luz (relámpago), y por el sonido (trueno). Las descargas eléctricas permiten compensar el desbalance de cargas eléctricas (positivas y negativas) en la atmósfera, estas pueden ocurrir: dentro de la nube, de nube a nube o de nube a tierra, siendo éstas últimas las que afectan la operación y ponen en riesgo a las personas. Figura 5: Nubes cumulonimbus. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 23 de 43 Resplandor producido por efecto de una descarga eléctrica. Relámpago Sonido intenso, generado durante una descarga eléctrica, se produce por la expansión del aire que sigue a la descarga eléctrica. Trueno Chubascos (de lluvia o nieve) Precipitación intensa de corta duración y localizada, durante tormentas. La que puede generar crecidas rápidas de quebradas o cuencas pequeñas, como el rajo en la Mina. Granizo Es hielo que precipita de la nube y cae con fuerza sobre la superficie terrestre, en forma casi esférica. En tormentas Severas el tamaño de los granizos pueden exceder 2 cm, sin embargo no hay registros de este tipo de eventos en CMDIC. El tamaño de los granizos, normalmente, observados en CMDIC están entre granos de arroz y en caso excepcionales similares a un garbanzo. Humedad (HR%) Relativa Presión Barométrica Sistema de Protección Contra Rayos Detectores de Tormentas Eléctricas Balizas y Sirenas Al cociente entre la cantidad (masa) de vapor de agua, que contiene un cierto volumen de aire y la cantidad de vapor de agua que contendría si estuviera saturado, se denomina "humedad relativa" y se expresa en porcentaje. En condiciones normales la HR% se encuentra entre 10 y 30%, mientras que durante los días de Tormentas esta alcanza la saturación con valores entre 80-100%. Es el peso que ejerce la columna de aire en un punto determinado, se mide en Pascales (Pa) y Tradicionalmente hPa, por ejemplo la presión atmosférica en El Puerto de Patache es aproximadamente 1015 hPa, mientras que en Rosario esta solo llega a 570 hPa. Obras que permite garantizar una descarga controlada del rayo y con esto disminuir el riesgo de impacto en la zona que se está protegiendo. El nivel de protección en una zona según la Norma Comunidad Europea se mide de I a IV, siendo el Nivel de Protección I el correspondiente a personas e infraestructura. Equipos fijos o portátiles, los cuales permiten detectar Rayos y determinar la distancia a la que ocurrió el Rayo. Nota: ningún detector de Rayos es 100% exacto y están sujetos a fallas, generando falsas alarmas u omisiones, por lo que siempre el Representante Operativo del área en terreno tiene que confirmar la información utilizando su propia experiencia, detectores complementarios, información visual, etc. Dispositivos que emiten señal fija o flotante, visual o sonora, instalada en una zona definida para advertir de un peligro o para marcar una zona. Los dispositivos instalados en CMDIC alertan por medio de señal COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 24 de 43 luminosa durante alerta roja. Sobre Las Balizas y Sirenas: Siempre tienen que estar instaladas en exteriores, nunca dentro de edificios y menos dentro de oficinas de trabajo. Toda Nueva Baliza tiene que ser autorizada por el COI y Seguridad Industrial. Todas las solicitudes de Balizas tienen, que indicar al menos: lugar, responsable y zona de influencia. Norma y Recomendaciones Técnicas Conjunto de reglas y recomendaciones que debe seguir toda obra civil dentro de CMDIC para la protección contra rayos. Esta normativa refleja el estado del arte al momento de su publicación. Número promedio de impactos de rayos por km2 en un año. Densidad de Rayo Anexo 2: Recomendaciones para los Trabajadores en los periodos invernales Periodo Continental: De la exposición ocupacional al frío y trabajos de izaje y altura física. Según el Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, enmarcado en el Decreto Supremo N° 594, en lo relacionado a la exposición ocupacional al frío, se indican los siguientes alcances: Se entenderá como exposición al frío las combinaciones de temperatura y velocidad del aire que logren bajar la temperatura del cuerpo del trabajador a 36°C o menos, siendo 35°C admitida para una sola exposición ocasional. La combinación de temperatura y velocidad de aire da origen a determinada sensación térmica representada por un valor que indica el peligro a que está expuesto el trabajador. Según lo anterior, nuestra Normativa Legal define tres etapas de evolución de riesgos:  “Peligro Escaso”, “Aument o de Peligro” y “Gran Peligro”, cada una de éstas evoluciona en base a la sensación térmica, la cual es el resultado de cruzar los datos de Temperatura y Velocidad del Viento como se describe en la siguiente tabla: COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 25 de 43 NOTA: Para determinar la sensación térmica a que está expuesta una persona, según la tabla anterior, primeramente se debe conocer la temperatura real leída (en el lugar de trabajo), por ejemplo -7°C (establecido en la primera fila-superior) y posteriormente determinar la velocidad del viento (en el lugar de trabajo), que para este ejemplo consideraremos 32 (Kms./Hora) (establecido en la primera columna-izquierda), ahora según los datos anteriormente señalados y revisando en la tabla, nos resulta una sensación térmica de -23, indicando un peligro escaso, donde la persona debe estar adecuadamente vestida (tres capas) y no exponerse a un tiempo superior de una hora durante su jornada normal de trabajo. En los casos de peligro por exposición al frío, deberán alternarse períodos de descanso en zonas temperadas y es de suma importancia respetar el tiempo de exposición de las personas bajo la condición de sensación térmica establecida, además de considerar que existe la posibilidad que algunas personas tengan menor tolerancia y requieran de un tiempo de exposición menor. La tabla anterior corresponde a un requerimiento legal, pero si se requiere reforzar la medida, cada supervisor responsable de los trabajos debe realizar una evaluación de las condiciones del trabajo específico. De acuerdo a los registros históricos de las condiciones climáticas que se producen en Faena Cordillera de Collahuasi versus la naturaleza de los diferentes trabajos que se ejecutan a la intemperie, es preciso establecer en período de invierno la formación de cuadrillas de operarios, para abordar la ejecución de los diferentes trabajos, organizados en relevos de actividad con descanso según los tiempos recomendados por la tabla anterior y evaluación específica del supervisor responsable. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 26 de 43 Características de Vestimenta Mínima Temporada Invernal Faena Cordillera CAPA CARACTERISTICAS Corresponde a camiseta manga larga y pantalón tipo lifa de "primera 1ra Capa (Peso piel", por lo que éstos se encuentran en directo contacto con la piel. Confeccionado entre 50 y 60% de "Lana Merino" y entre 40 y 50% máximo 250g) Polipropileno. Corresponde a la chaqueta y pantalón la cual podrá ser usada como ropa de trabajo, si las condiciones no ameritan el uso de una 3ra capa. Chaqueta: 100% Polar Acrílico. Polar a una cara, puños elasticados. 2da Capa (Peso Orificios para dedo pulgar en puños. máximo 700g) Pantalón: 100% Polar Acrílico. Polar a una cara, canalé con elástico en la cintura. Canalé en tobillos. Corresponde a la parka y pantalones, que en condiciones extremas, estará en directo contacto con el ambiente. Parka: 100% Nylon con recubrimiento de Poliuretano Forro interior 100% Nylon. Capucha desmontable con ceñidor de ajuste. Ajuste de velcro en capucha. Ventilación de cremallera en axilas, puño elástico con ajuste de velcro. Dos bolsillos en pecho con cierre de cremallera. 3ra Capa (Peso Bolsillo en parte derecha del pecho para radio y bolígrafo. máximo 1000g) Dos bolsillos para manos con cierre de cremallera. Bolsillo interior con cierre de velcro. Ceñidor ajustable en dobladillo interior. Pantalón: 100% Nylon con recubrimiento de Poliuretano. Forro interior 100% Nylon. Cintura elástica con bucles para cinturón. Tirantes desmontables. Dos bolsillos para manos con cierre de cremallera. Un bolsillo trasero. Elástico y cierre de corchetes en los tobillos.                   Periodo Altiplánico Recomendaciones ante una exposición a la intemperie. El presente procedimiento tiene por objetivo evitar que cualquier trabajador se encuentre a la intemperie y expuesto a descargas atmosféricas, sin embargo, en circunstancias extraordinarias esta situación se llegara a presentar, se deberán considerar las siguientes recomendaciones: Antes de la Tormenta:     Informarse acerca de la condición meteorológica respecto de la zona a donde se dirige. Informar a la Supervisión Directa y solicitar la autorización correspondiente. Disponer y utilizar todos los elementos de protección personal. Disponer y utilizar el detector portátil de rayos. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 27 de 43   Informarse acerca de las zonas protegidas y seguras más cercanas al área en donde se encontrará. Informarse acerca del procedimiento transversal y los específicos pertinentes. Durante la Tormenta, buscar refugio en:      Lugares secos Terrenos con depresión (hoyos, concavidad, etc.) Valles profundos Al pie de cuestas Bajo riscos sobresalientes No ubicarse en lugares expuestos a la caída de rayos, tales como:          Cierres metálicos perimetrales. Escaleras metálicas externas. Vertientes y Bofedales grandes. Cuerpos de agua, por ejemplo, tranque de relave. Espacios abiertos. Correas Transportadoras. Ductos metálicos en zonas abiertas. Acopios de minerales. Baños Químicos. En presencia de rayos:    Reducir la superficie del cuerpo en contacto con el suelo, por lo tanto, No se debe recostar sobre la superficie. Desprenderse de accesorios metálicos. Es obligatorio utilizar los Elementos de Protección Personal, especialmente, lentes y casco de seguridad para la exposición a polvo y granizos respectivamente. Después de la Tormenta:  Informar a la supervisión directa acerca de su condición y ubicación especifica. Anexo 3: Buenas Prácticas de Conducción y Artículos 108/113/144/167 Ley de Transito 18.290. Durante el viaje, los conductores deberán observar las recomendaciones especiales de conducción:         Conducir a la defensiva conforme a las condiciones de la ruta. Mantener comunicación con Central Collahuasi. No usar excesivamente los frenos, en su lugar reducir la marcha. No hacer cambios de marcha en pendiente, hacerlos antes de iniciar la subida o bajada. En viajes durante nevadas, observar las bermas del camino, para detectar acumulación de nieve y/o formación de hielo. En presencia de sol y nieve usar gafas oscuras o lentes de seguridad verdes y protector solar. Si es sorprendido por una nevada diríjase a un lugar seguro. Antes de iniciar el viaje infórmese de los sectores de uso de cadenas. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 28 de 43      Si no tiene experiencia en caminos nevados o con hielo, utilice el transporte que dispondrá la Compañía. Mantener calefacción direccionada al parabrisas para evitar congelamiento. Evite aplicar agua al parabrisas, ya que se puede formar película de hielo. En el caso de una nevada intensa y de ser necesaria la detención del vehículo, mantenga la calefacción encendida por periodos regulares de tiempo, por ejemplo, 1 hora encendido y 1 hora apagado, ventanas levemente abiertas (2 cm aprox.) y revise periódicamente que el tubo de escape este despejado. Las recomendaciones que preceden se basan en la experiencia y se debe tener presente: -     Con nieve o hielo la distancia de frenado se reduce considerablemente. Durante un frenado brusco es probable la pérdida de control del vehículo. Frenados bruscos son causa de patinajes. En pendientes ascendentes y descendentes, utilice siempre la marcha que permite mantener el vehículo controlado. Con nieve y/o hielo conduzca usando 4x4. Cuando derrape el vehículo en pista congelada, con nieve o pavimento mojado, retire el pie del acelerador no utilice el freno y gire las ruedas en la misma dirección en que se desvió la parte posterior o cola de vehículo en forma suave hasta que logre estabilizarlo. Con Neblina: Conducción a la defensiva, no utilizar luces altas, mantener distancia razonable y prudente con el vehículo que lo antecede. Con Lluvia: Conducción a la defensiva, estar atento a las condiciones del tránsito, mantener distancia razonable y prudente con el vehículo que lo antecede. Con Viento blanco: (se pierde parte o todo punto de referencia) trate si puede de estacionase en algún descanso o un lugar seguro de la ruta, instale cuñas, verifique que el lugar donde se estaciono sea seguro, encienda luces de estacionamiento o intermitentes, informe su ubicación a central Collahuasi y espere dentro del vehículo hasta que sea rescatado por equipo de emergencia. Recomendación para Velocidades Máximas en Ruta Situación de la Ruta (Carpeta de Rodado) Velocidad Máxima (Razonable y Prudente) Seca 80 KM/Hr Mojada 60 KM/Hr. Hielo, Nieve y/o Granizo 40 KM/Hr. Visibilidad reducida (niebla y/o viento blanco) 20 KM/Hr. Artículos 108/113/144/167 Ley de Transito 18.290. Referido a la responsabilidad del Conductor, para los efectos del presente Procedimiento, se deberá tener siempre presente los siguientes artículos de la Ley 18.290: Artículo 108. (Antes 114): Todo conductor deberá mantener el control de su vehículo durante la circulación y conducirlo conforme a las normas de seguridad determinadas en esta ley, sin que motivo alguno justifique el desconocimiento o incumplimiento de ellas. Artículo 113.  El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa  justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas. Esta facultad será ejercitada de oficio o a petición de las Municipalidades o de la Dirección de Vialidad, según corresponda. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 29 de 43 Artículo 144. (Antes 148): Ninguna persona podrá conducir un vehículo a una velocidad mayor de la que sea razonable y prudente, bajo las condiciones existentes, debiendo considerar los riesgos y peligros presentes y los posibles. En todo caso, la velocidad debe ser tal, que permita controlar el vehículo cuando sea necesario, para evitar accidentes. Artículo 167.  (Antes 172): En los accidentes del tránsito, constituyen presunción de responsabilidad del conductor, los siguientes casos:   No estar atento a las condiciones del tránsito del momento. Conducir a mayor velocidad que la permitida o a una velocidad no razonable y prudente, según lo establecido en el artículo 144. Anexo 4: Cadenas para neumáticos de vehículos livianos. Acerca del Uso de Cadenas Será responsabilidad del COI disponer el uso de cadenas en los vehículos para el transito interior faena y de acceso a Garita Norte. La responsabilidad del porte y uso de cadenas recaerá en cada conductor y esto podrá ser revisado durante toda la temporada invernal. La información que indica el inicio y el término del uso de cadenas estará dada por central Collahuasi mediante comunicados radiales, indicando los puntos de inicio y retiro de ellas. Consideraciones a Tener en Cuenta en el uso de Cadenas:    Porte solo cadenas y tensores adecuados para su vehículo e instálelas según el manual del vehículo. Practique antes la colocación y retiro de cadenas, dado que en las condiciones de la Faena se dispone de menos de 5 min para esta operación. Sera obligación de los conductores desarrollar y mantener esta destreza. La colocación y retiro de cadenas, sólo podrá realizarse en los lugares habilitados para tales efectos. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 30 de 43 Cadenas y Neumáticos Recomendados / Aceptados CADENAS Y NEUMATICOS ACEPTADOS SECTORES INVIERNO CLAVOS X Barrera a Coposa Coposa a Ujina CADENAS FACIL CADENAS HIELO X X X X X X X Ujina y Rosario X Rosario Interior X Caminos secudarios X X Anexo 5: Protección Externa Contra Rayos. Norma de Ingeniería En el diseño, construcción y mantenimiento de sistemas de protección contra rayos, de estacionamientos y vías de acceso se considerara como mínimo el Nivel I según Norma EN 62305- 1 a 4. Descripción Un sistema de protección contra Rayos cuenta con al menos tres componentes:    Sistema Captador de Rayos. Sistema derivador. Sistema de Puesta a Tierra. La Faena Cordillera cuenta con distintos sistemas captadores de Rayos, mediante estas instalaciones se reduce de manera controlada las consecuencias de una descarga de rayo. Es importante insistir que toda estructura alta como edificios, galpones, antenas, camiones etc., pueden ser considerada parte del sistema de protección. Normalmente una instalación captadora de Rayos está conformada por las siguientes partes:    Puntas Captadoras Cables Captadores Mallas Captadoras COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 31 de 43 Figura 6: Sistemas de protección contra Tormentas Eléctricas. Métodos de Diseño: Para el diseño de sistemas de protección se utilizan tres métodos:    Método de la Esfera Rodante. Método de la Malla Captadora. Método del Angulo de Protección. Parámetros Mínimos de Diseño: Conforme con la Norma EN 62305 – 1 a 4 se consideraran los siguientes parámetros mínimos para el diseño de estacionamientos y vías de accesos. Geométricos:    Radio Esfera Rodante Dimensiones de la Malla Angulo Protección, depende altura para 10m : 20 m. : 5 x 5 m. : 45° Tormentas Eléctricas:  Densidad de Rayos a Tierra : 3 rayos/k2/año Eléctricos:   Valor de Corriente Rayo Máxima Valor de Corriente Rayo Mínima : 3 kA. : 200 kA. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 32 de 43 Estructurales:    Viento Máximo Carga Hielo Cables Temperatura Mínima : 160 km/h : 30 mm. : -20 °C Físicos:     Personas Camionetas con Pértiga Camiones de Transporte Camiones Mina : 2,5 m + S :4m+S :6m+S : 12 m + S Donde S es una altura de seguridad, 1 m. Figura 7: Área de Protección asociados a Pararrayos (cono) y cable (prisma), el ángulo α depende de la altura de los postes; en postes de 10 a 12 m se puede utilizar 45°. Nota: las personas deben desplazarse siempre dentro del o los cono (s) de protección. Ejemplo: para una persona se recomienda considerar una altura de 2,50 m, esto significa, que un pararrayo de 12 m de altura tiene un círculo de protección de (12,00 – 2,50 = 9,50) m de radio. Figura 8: Diseño conceptual propuesto para sistemas de protección contra rayos en estacionamientos, utilizando cable o malla a tierra. COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 33 de 43 COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 34 de 43 COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 35 de 43 Anexo 6  Resolución Numero 1: Cadenas y Colas Antiestáticas. – COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 36 de 43 Anexo 7  Resolución Numero 2: Zonas Seguras - Protegidas – – Infraestructura. Comité Operación Invierno Altiplánico. Resolución N°2. Referencia: Zonas Seguras, Protegidas e Infraestructura Estimadas y Estimados, En sesión regular del día miércoles 10 de diciembre de 2014, el COIA resuelve y define como : 1. ZONA SEGURA:  Toda obra civil y/o edificio que por sus dimensiones y diseño cumplen con el fin de asegurar las actividades en su interior frente a Tormentas Eléctricas, tales como: a. Hotel b. Edificio c. Galpón d. Conteiner puesto a tierra. 2. ZONA PROTEGIDA: Toda zona que se encuentra: a. Protegida por un sistema de protección contra Rayos Nivel I. b. Dentro del ángulo de protección (sombra) de una estructura mayor, la máxima zona protegida (ángulo 45 ) es de 7,5 metros en el caso de edificios de 10 metros o más. c. Edificio o Galpón que requieren obras adicionales para asegurar el desplazamiento de personas. ° A la Fecha se declara: 1) Manga Coposa como ZONA PROTEGIDA. 2) Túnel Nivel I y II, Hotel  – Casino Coposa como ZONA SEGURA. 2) Estacionamiento la HERRADURA como ZONA INTEMPERIE COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 37 de 43 1 Estacionamiento Coposa  – Zona Protegida 2 Manga Coposa  – Zona Segura 2 Segura 1 Protegida 3 Camino VPO  – Hotel-Casino: Zona Protegida. 3 Protegida COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 38 de 43 Anexo 8  Resolución Numero 3: Interior de Vehículos y Zonas Seguras. – Comité Operación Invierno Altiplánico. Resolución N°3. Referencia: Interior de Vehículos y Zonas Seguras. Estimadas y Estimados, En sesión regular del día miércoles 10 de diciembre de 2014, después de analizar las características técnicas de los vehículos autorizados a circular en Faena Cordillera y la Meteorológica asociada a las Tormentas Eléctricas , el COIA CMDIC define e informa : Meteorología y Tormentas Eléctricas en CMDIC: a. Densidad de Rayos en la Faena: 3-4 rayos / km2 por año. b. Experiencia de CMDIC durante al menos los últimos 5 años, solo se registran dos camionetas afectadas por rayos. c. La Experiencia de CMDIC muestra que durante el último año se registraron tres incidentes de rayos sobre vehículos mayores en interior mina, sin daño a los vehículos y personas. d. Durante los incidentes de rayos sobre camionetas en CDMIC, no se registraron daños a las personas. Conclusión 1: La probabilidad de que una camioneta sea afectada por un rayo es baja, menor a 1 camioneta cada dos años, por lo tanto, existe una exposición controlada en base a procedimientos, con una magnitud de riesgo menor. Vehículos CMDIC: a. El Estándar para la Prevención de Fatalidades N 1 (EPF 1) exigido por CMDIC para la circulación de vehículos de carretera dentro de la Faena, en lo referente a: 1. Antigüedad: los vehículos modernos son probados frente a descargas eléctricas. 2. Doble Barra de Protección Antivuelco (Interior y exterior): permite asegurar la cabina frente a un impacto directo de rayos. 3. Revisiones Técnica Regulares:  incluye revestimiento interior de cabina, frenos, fugas de aceite y combustible. b. Uso obligatorio de cadena o cola antiestática. c. Diseños modernos de Cabina se comporta mejor como Jaula de Faraday y cuentan con aislación interna para proteger a los ocupantes de una descarga eléctrica. d. Durante Alerta Naranja y Roja, solo tienen que circular los vehículos que son estrictamente necesarios para dar continuidad a la operación y que están contemplados en los planes específicos de cada Gerencia y autorizados por este Comité. ° COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN FECHA DE REVISIÓN VERSIÓN PR XIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología Abril 2016 V-01 Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 39 de 43 La experiencia de CMDIC e internacional, muestra que vehículos como camionetas cuentan con la protección suficiente para garantizar la seguridad de las personas en interior cabina, sin embargo , el vehículo sufre daños mayores durante una descarga eléctrica. Conducción en CMDIC: a. Los conductores tienen que cumplir procedimientos indicados en el EPF 1. b. Los conductores y ocupantes de camionetas tienen que seguir las recomendaciones de los procedimientos de Operación Invierno general y específicos, en especial no tocar partes metálicas del vehículo. c. Solo circularan durante Tormentas Eléctricas los vehículos de emergencia y requeridos para la continuidad operacional. Referencias: a. National Lightning Safety Institute, http://www.lightningsafety.com/nlsi_pls/vehicle_strike.html b. Lightning Physics and Effects, Rakov V. y M. Uman, 2006, 687 p. c. The Art and Science of Lightning Protection, M. Uman, 2010, 240 p. d. All About Lightning, M. Uman, 1986, 167 p. e. How Dangerous is Lightning?, Bouquegneau C. y V. Rakov, 2010, 135 p. f. Análisis tormentas eléctricas que afectan faena Collahuasi, Vergara, J., 2014. En base a los antecedentes anteriores el Comité Operación Invierno Altiplánico, resuelve: 1. Declarar como Zona Segura durante Tormenta eléctricas el interior de Todos los Vehículos Mayores, que cuenten con Cabina Cerrada. 2. Declarar como Zona Segura durante Tormentas Eléctricas el Interior de Buses y Vehículos de Transporte de Personal. 3. Basado en los antecedentes antes descritos y los requerimientos indicados, se declara como Zona Segura durante Tormentas eléctricas el Interior de Camionetas . Los ocupantes tienen que ser capacitados sobre las acciones que se tienen que tomar durante Alerta Roja. Anexo 9 Cuadro de Activación de Estados de Alerta Operación Invierno – Continental: Altiplánico: COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología FECHA DE REVISIÓN Abril 2016 VERSIÓN V-01 PRÓXIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 2 de 43 COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI GERENCIA SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL REGLAMENTO DE OPERACIÓN INVIERNO CMDIC IDENTIFICACIÓN GSSO-REG-003 Proceso: Emergencias Sub Proceso: Tiempo y Meteorología FECHA DE REVISIÓN Abril 2016 VERSIÓN V-01 PRÓXIMA REVISIÓN RESPONSABLES PAGINA Abril 2018 Generado: SI PIE Revisado: GSSO Aprobado: VPEO 2 de 43 Anexo 10: Mapa de Puntos de Seguridad, Control y Vías Alternativas Anexo 10: Mapa de Puntos de Seguridad, Control y Vías Alternativas Anexo 11: Declaración de Revisión y Cumplimiento del Equipamiento Periodo Invernal